Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 20 D.P.R. 244
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 20 D.P.R. 244 |
20 D.P.R. 244 (1914) RUBIO V. MAYAGUEZ AUTO GARAGE
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Rubio et al., Demandantes y Apelantes, v. Mayagüez Auto Garage, Inc.,
Demandado y Apelado.
Apelación procedente de la Corte de Distrito de Mayagüez de una orden
abriendo la rebeldía en un caso de indemnización de daños por negligencia.
No. 1105.-Resuelto en abril 8, 1914.
Los hechos están expresados en la opinión.
Abogados de los apelantes: Sres. Benjamin J. Horton y José Ramón Freyre.
Abogado del apelado: Sr. José de Diego.
El Juez Asociado Sr. Aldrey, emitió la opinión del tribunal.
La apelación que motiva este recurso ha sido interpuesta contra una
resolución del Tribunal de Distrito de Mayagüez que exime al demandado de
los efectos de una sentencia contra él registrada en rebeldía y que le
permite presentar su contestación a la demanda.
La demandada había formulado una excepción previa a la demanda que le
reclama $20,000 como indemnización de daños y perjuicios por negligencia, y
habiendo la demandante obtenido después permiso para enmendar su alegación,
retiró la demandada su excepción y el tribunal le concedió 30 días para que
presentara su contestación. Al día siguiente de transcurrido este término
sin que la hubiera presentado, a instancia del demandante anotó el
secretario la rebeldía del demandado, y un día después registró una
sentencia en rebeldía por la cantidad reclamada.
Como esa sentencia ha sido dejada sin efecto por el tribunal inferior no
consideraremos en este caso si el secretario puede en un pleito de la
naturaleza del presente registrar ministerialmente una sentencia contra el
demandado y nos limitaremos a la cuestión propuesta que es, la de si el
tribunal inferior abusó de su poder discrecional en la resolución apelada.
Al resolver el Tribunal de Distrito de Mayagüez en este caso en la forma en
que lo hizo se basó en una moción del demandado presentada dos días después
de la sentencia y varias declaraciones juradas acompañadas con ella, y en la
contestación a la demanda que también le presentó. De todos estos
documentos, ninguno de los cuales ha sido impugnado por medio de
declaraciones juradas, resulta que residiendo en San Juan el abogado que
había de contestar la demanda la redactó y puso bajo sobre el día antes de
vencerse el término para presentarla y entregó el pliego que la contenía a
un empleado suyo para que lo pusiera en el correo debidamente franqueado
para ser entregado al Sr. Moscoso de Mayagüez, que había de recoger...
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 30 de Enero de 1948 - 68 D.P.R. 122
...Y en el de Hernández v. F. Carrera - Hno. et al., 22 D.P.R. 538, ratificando lo dicho en Rubio et al. v. Mayagüez Auto Garage, Inc., 20 D.P.R. 244, que "Es mejor práctica permitir a las partes que se defiendan y resolver las cuestiones oyéndolas, que no la de sostener sentencias dictadas en......
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 4 de Diciembre de 1923 - 34 D.P.R. 664
...excusable, como en este caso y no debido al deseo de entorpecer y demorar la cuestión litigiosa. Rubio vs. Mayagüez Auto Garage, Inc., 20 D.P.R. 244. "La corte entiende que debe darse una oportunidad a la demandada para que se defienda, pues tanto del escrito de demanda como de la contestac......
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