Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 27 de Junio de 2003 - 159 DPR 707
Emisor | Tribunal Supremo |
Número del caso | MC-1996-25 |
TSPR | 2003 TSPR 110 |
DPR | 159 DPR 707 |
Fecha de Resolución | 27 de Junio de 2003 |
In re: Fundación Facultad de Derecho
Eugenio María de Hostos
2003 TSPR 110
159 DPR 707 (2003)
159 D.P.R. 707 (2003)
2003 JTS 110
Número del Caso: MC-1996-25
Fecha: 27 de junio de 2003
Fundación Facultad de Derecho Eugenio María de Hostos:
Prof. Carlos Rivera Lugo, Decano
Lcdo. Federico Cedó Alzamora
Presidente de la Junta de Síndicos
Acreditación de la Escuela de Derecho EMH
En San Juan, Puerto Rico, a 27 de junio de 2003.
El pasado 4 de marzo de 2003 designamos a un Comité de Evaluación para que examinara la petición de acreditación formulada por la Fundación Facultad de Derecho Eugenio María de Hostos (en adelante FFDEMH), y nos rindiera un informe con recomendaciones.1 El pasado 19 de junio de 2003, el Comité nos sometió su informe final.
Luego de evaluar los hallazgos, conclusiones y recomendaciones del Comité de Evaluación, se concede a la FFDEMH una acreditación provisional de cinco años.
La vigencia de esta acreditación provisional será hasta el 31 de julio de 2008, y estará sujeta al cumplimiento estricto de las siguientes condiciones:
1.
Normas de admisión
La FFDEMH deberá mantener como política de admisión un requisito mínimo mandatorio de una puntuación de 500 en la Prueba de Admisión a Estudios Graduados (P.A.E.G.). Además, de conformidad con el Autoestudio preparado por la institución, deberá aumentar progresivamente la proporción de estudiantes de nuevo ingreso con una puntuación superior a los 550 en el P.A.E.G., en la siguiente forma:
Año Académico Porcentaje de Estudiantes Porcentaje de Estudiantes
con Puntuación de 500-549 con puntuación Superior a
en el P.A.E.G. 550 en el P.A.E.G.
2003-2004 65% 35%
2004-2005 40% 60%
2005-2006 35% 65%
2006-2007 30% 70%
2. Administración y Situación Financiera
En o antes del 31 de diciembre de 2003 la FFDEMH deberá cubrir las plazas de Decano Asociado de Finanzas y Administración y Decano Asociado de Asuntos Académicos y Estudiantiles.
Deberá, además, adoptar e implantar un plan realista de saneamiento y fortalecimiento fiscal que incorpore las medidas detalladas en el Autoestudio que sometió al Comité de Evaluación y que incorpore, además, las siguientes medidas:
(a) Fortalecer la oficina de finanzas y contabilidad, incorporando personal idóneo con experiencia en contabilidad de instituciones educativas sin fines de lucro, y en las normas que le aplican a éstas, así como en administración financiera, para eliminar la dependencia en asesores externos. (b) Actualizar el plan...
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