Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 19 de Enero de 2007 - 170 DPR 68

EmisorTribunal Supremo
Número del casoER-2007-1
DTS2007 DTS 011
TSPR2007 TSPR 11
DPR170 DPR 68
Fecha de Resolución19 de Enero de 2007

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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Reglas para la Selección,

Nombramiento, Compensación y

Adiestramiento de Examinadoras (es)

de Pensiones Alimentarias

2007 TSPR 11

170 DPR 68, (2007)

170 D.P.R. 68 (2007), In re Reglas Examinadores de Pensiones, 170:68

2007 JTS 16 (2007)

2007 DTS 11 (2007)

Número del Caso: ER-2007-1

Fecha: 19 de enero de 2007

Reglamentos, Reglas para la Selección, Nombramiento, Compensación y Adiestramiento de Examinadoras (es) de Pensiones Alimentarias

RESOLUCIÓN

San Juan, Puerto Rico, a 19 de enero de 2007.

Conforme a la Sección 512 de la Ley Número 5 del 30 de diciembre de 1986, Ley de Sustento de Menores, Art. 13, inciso 3, se adoptan las siguientes reglas que gobernarán la selección, nombramiento, remoción, compensación y adiestramiento de los Examinadores de Pensiones Alimentarias:

REGLA 1-TÍTULO

Estas reglas serán conocidas como "Reglas para la Selección, Nombramiento, Compensación y Adiestramiento de Examinadoras (es) de Pensiones Alimentarias".

REGLA 2-FACULTAD LEGAL

Estas reglas se adoptan al amparo de las disposiciones del Art. V Sec. 7 de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y del Artículo 13 de la Ley Núm. 5 de 30 de diciembre de 1986, según enmendada.

REGLA 3-DEFINICIONES

Director(a) - Director(a)

Administrativo(a) de los Tribunales;

Jueza Presidenta

o Juez Presidente - Jueza Presidenta o Juez

Presidente del Tribunal Supremo;

Ley de Sustento

de Menores- Ley Núm. 5 de 30 de diciembre de 1986 según enmendada, conocida como la Ley de Sustento de Menores;

Examinadoras (es)-Aquellos funcionarios o funcionarias, adscritos al Tribunal de Primera Instancia, cuyos puestos son creados por disposición de la Ley de Sustento de Menores para presidir las vistas sobre pensiones alimentarias y filiación con el fin de asegurar un procedimiento expedito en estos casos.

REGLA 4 - SELECCIÓN

La Jueza Presidenta o el Juez Presidente del Tribunal Supremo de Puerto Rico, de conformidad con la reglamentación de personal de la Rama Judicial, nombrará un número suficiente de examinadoras(es) para presidir las vistas sobre pensiones alimentarias y filiación con el fin de asegurar un...

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