Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 27 D.P.R. 245

EmisorTribunal Supremo
DPR27 D.P.R. 245

27 D.P.R. 245 (1919) APONTE V. ATLAS COMMERCICAL CO. ET AL.

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Aponte, Jr., Demandante y Apelado, v. Atlas Commercial Co. et al.,

Demandados y Apelantes.

Apelación procedente de la Corte de Distrito de Humacao en pleito sobre

daños y perjuicios.

No. 1880.-Resuelto en marzo 18, 1919.

Los hechos están expresados en la opinión.

Abogado de los apelantes: Sr. Henry G. Molina.

Abogados del apelado: Sres. J. López del Valle y Arturo Aponte, Jr.

El Juez Asociado Sr. del Toro, emitió la opinión del tribunal.

Arturo Aponte, Jr., entabló una demanda en la Corte de Distrito de Humacao

contra la Atlas Commercial Co. y Francisco Fournier, en reclamación de

cierta suma de dinero por concepto de daños y perjuicios. El 8 de abril de

1918 compareció la demandada Atlas Commercial Co. y pidió el traslado del

pleito a la Corte de Distrito de San Juan, lugar en donde tiene establecida

su oficina principal, y el mismo día solicitó también la dicha demandada que

la corte decretara la eliminación de ciertos particulares de la demanda.

Nada resolvió la corte y el 2 de mayo 1918 la demandada presentó

otra

solicitud de traslado y un escrito de excepciones previas. La Corte de

Distrito de Humacao negó el traslado porque en su opinión "los demandados al

radicar con su primera moción de traslado otra moción solicitando la

eliminación de ciertas alegaciones de la demanda, se han sometido a la

jurisdicción de esta corte." No conforme con esa resolución, la Atlas

Commercial Co. apeló de ella para ante este Tribunal Supremo.

La vista del

recurso se celebró con la sola asistencia de la parte apelante que es la

única además que ha comparecido por escrito.

Reconoce la parte apelante que existen numerosas resoluciones del Tribunal

Supremo de California decidiendo que cualquiera comparecencia del demandado

antes de su petición de traslado implica su sumisión, de acuerdo con los

términos del estatuto, y cita él mismo los casos de Watts v.

White, 13 Cal.

321, y Pennio v. Visher, 94 Cal. 323, pero alega que nunca renunció su

derecho a pedir el traslado; que desde el principio insistió en el traslado,

y que antes de que la corte resolviera sus dos primeras mociones, radicó una

nueva moción de traslado en unión de excepciones previas a la demanda, por

todo lo cual sostiene que la corte de distrito erró al decidir que había

quedado sometido a su jurisdicción. La apelante cita en apoyo de su teoría

el caso de Nicholl v. Nicholl, 66 Cal. 36.

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