Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 28 D.P.R. 804
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 28 D.P.R. 804 |
28 D.P.R. 804 (1920) ARROYO V. VICARIO ET AL.
Apelación procedente de la Corte de Distrito de Ponce en pleito sobre
tercería de dominio de bienes muebles e inmuebles.
No. 2242. Resuelto en julio 27, 1920.
Abogado del apelante: Sr.
J. Tous Soto.
Abogado de los apelados: Sr. L. Tormes.
El Juez Asociado Sr. del Toro, emitió la opinión del tribunal.
Se trata de una tercería de dominio de bienes muebles e inmuebles. Manuel
Vicario inició un pleito contra los esposos José Camacho y María Justina
Arroyo en cobro de pesos.
Obtuvo sentencia favorable y para hacerla
efectiva embargó un coche, varios efectos que había en un pequeño comercio,
una finca urbana y otra rústica.
María Justina Arroyo inició entonces este
pleito de tercería alegando que los bienes embargados eran de su exclusiva
propiedad. Contestó oponiéndose, el demandado Vicario. Fué el pleito a
juicio. Ambas partes presentaron pruebas. Y la corte, finalmente, dictó
sentencia declarando la demanda con lugar. El demandado Vicario apeló
entonces para ante esta Corte Suprema.
La parte apelante señala la comisión de ocho errores que pueden estudiarse y
resolverse agrupándolos en cuatro.
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Se sostiene por el apelante que habiendo sido condenada María Justina
Arroyo individualmente en el pleito en cobro de pesos, carece de acción para
iniciar la tercería. En efecto, al dictar su sentencia en el pleito en
cobro de pesos la corte de distrito condenó a los demandados José Camacho y
María Justina Arroyo a pagar la suma adeudada al demandante. La forma en
que quedó redactada la sentencia era susceptible de interpretarse en el
sentido que lo hace la parte apelante, pero después la propia corte aclaró
su fallo expresando que la cantidad mandada satisfacer lo sería con cargo a
la sociedad de gananciales que tenían constituída, a virtud de su
matrimonio, los demandados.
Siendo esto así y habiendo reclamado la
tercerista los bienes de que se trata como privativos, carece de fundamento
el primer señalamiento de error.
-
El cuarto, quinto y octavo señalamientos de error, se refieren a los
cometidos, a juicio del apelante, por la corte de distrito al decidir que
los bienes inmuebles embargados pertenecían exclusivamente a la demandante,
prescindiendo de la presunción de gananciales que tienen tales bienes por
haber sido adquiridos a título oneroso durante el...
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 23 de Junio de 1981 - 111 D.P.R. 199
...y robusta" para rebatir la presunción de que bienes adquiridos durante el matrimonio se reputan gananciales, Arroyo v. Vicario et al., 28 D.P.R. 804 (1920), Cruz v. Sucn. González, 72 D.P.R. 308 (1951), Espéndez v. Vda. de Espéndez, 85 D.P.R. 437 (1962), citado y seguido en García v. Monter......
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 30 de Septiembre de 1959 - 81 D.P.R. 596
...Robles v. Guzmán, 67 D.P.R. 718; Roselló v. Registrador, 42 D.P.R. 508; Cortés et al. v. Díaz et al, 31 D.P.R. 454; Arroyo v. Vicario, 28 D.P.R. 804; Acosta Registrador, 27 D.P.R. 250; Cádiz v. Jiménez, 27 D.P.R. 651. Para vender dicha finca o una parte de ella, Escalera necesitaba el conse......
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