Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 28 D.P.R. 766
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 28 D.P.R. 766 |
28 D.P.R. 766 (1920) VÁZQUEZ V. REGISTRADOR
Recurso gubernativo interpuesto contra nota del Registrador de la Propiedad
de Aguadilla denegatoria de la inscripción de una escritura de venta.
No. 466. Resuelto en julio 16, 1920.
Abogado del recurrente: Sr.
Víctor P. Martínez.
El registrador recurrido compareció por escrito.
El Juez Asociado Sr. Wolf, emitió la opinión del tribunal.
Víctor P. Martínez y su esposa María del Pilar Cabrero y Echandía comparecen
en un documento público vendiendo dos fincas a Manuel de Jesús Vázquez y su
esposa. El registrador denegó la inscripción del documento porque una de
las fincas había sido adquirida por Víctor P. Martínez en su estado de
viudez, y la otra constante su matrimonio con María del Pilar Cabrero, y por
tal razón que no podían ser agrupadas las dos fincas por pertenecer a
entidades legalmente distintas, como fué resuelto por este tribunal en el
caso de Durán v. El Registrador, 20 D. P. R. 148, y en el de Muñoz v. El
Registrador de Caguas, 25 D.
P. R. 842.
El recurrente De Jesús alegó
entre otras cosas que de los antecedentes en
poder del registrador éste no tenía conocimiento oficial respecto al
carácter privativo con que se poseía una de las dos fincas y el apelante
insiste al parecer en que no tenía tal carácter privativo. Como estos
particulares envuelven cuestiones de hecho que no se encuentran debidamente
ante nos, no las discutiremos, pues creemos que la nota debe ser revocada
por otro fundamento levantado por el recurrente.
En los casos de Muñoz y Durán, supra, la cuestión era únicamente si dos
entidades distintas podían hacer las agrupaciones. El recurrente, sin
embargo, llama la atención de que en este caso los compradores legalmente
han de ser considerados como las personas o entidades que solicitan la
agrupación. Es verdad, como alega el recurrente, que el contrato de
compraventa y la agrupación tuvieron lugar desde el punto de vista legal con
anterioridad a la escritura. Podemos agregar que la escritura no es sino la
prueba del contrato de compraventa. Las partes, de acuerdo con los
artículos 4 y 1245 del Código Civil pueden renunciar a sus derechos y hacer
la clase de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 12 de Junio de 1939 - 55 D.P.R. 540
...El recurrente acepta el principio legal en que descansa la nota del Registrador, pero invoca los casos de Vázquez v. Registrador, 28 D.P.R. 766, y Vilá v. Registrador, 27 D.P.R. 929, para sostener la procedencia de la En los casos citados por el recurrente, los cónyuges vendedores agruparon......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 12 de Junio de 1939 - 55 D.P.R. 540
...El recurrente acepta el principio legal en que descansa la nota del Registrador, pero invoca los casos de Vázquez v. Registrador, 28 D.P.R. 766, y Vilá v. Registrador, 27 D.P.R. 929, para sostener la procedencia de la En los casos citados por el recurrente, los cónyuges vendedores agruparon......