Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 30 D.P.R. 105

EmisorTribunal Supremo
DPR30 D.P.R. 105

30 D.P.R. 105 (1922) PUEBLO V. SOUFFRONT

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

El Pueblo, Demandante y Apelado,

v.

Souffront, Acusado y Apelante.

Apelación procedente de la Corte de Distrito de San Juan, Sección Segunda,

en causa por ataque para cometer homicidio.

No. 1824. Resuelto en febrero 16, 1922.

Los hechos están expresados en la opinión.

Abogados del apelante: Sres. J. B. Huyke y C. Iriarte, Jr.

Abogado del apelado: Sr. José E. Figueras, Fiscal.

El Juez Presidente Sr. del Toro, emitió la opinión del tribunal.

Arturo Souffront fué acusado como autor de un delito de atentado a la vida

perpetrado en la persona de Pedro A.

Reinosa. Hizo la alegación de inocente

y vista su causa ante un jurado, éste le declaró culpable de un delito de

ataque para cometer homicidio, condenándole luego la corte a sufrir dos años

de presidio con trabajos forzados.

No conforme el acusado interpuso el presente recurso de apelación. No

presentó alegato. Al acto de la vista del recurso compareció por medio de

su abogado quien informó ampliamente insistiendo en que el juicio en la

corte de distrito debió ser suspendido y en que la corte erró al admitir

prueba relacionada con otro acto imputado al acusado. El abogado no dejó

nota escrita de los errores señalados, ni memorándum de autoridades si es

que citó alguna durante su informe. Esta es una práctica enteramente errónea.

  1. Hemos examinado la acusación y es bastante. En el momento de llamarse

    la causa para juicio, se leyó el siguiente telegrama recibido el mismo día:

    "Imposibilitado asistir hoy juicio Souffront suplico suspensión vista.

    Celestino Iriarte, Jr., abogado del acusado." Basándose en ese telegrama,

    el acusado, por medio del abogado Juan B.

    Huyke, pidió a la corte la

    suspensión de la vista. El fiscal se opuso y la corte sostuvo su oposición

    porque no se expresaba en la petición causa alguna que justificara la

    ausencia del abogado. El juicio siguió

    adelante y el acusado estuvo en él

    representado por el abogado Sr. Huyke.

    Basta la simple exposición de esos

    hechos para concluir que la corte no abusó

    de su poder discrecional al

    resolver la cuestión planteada. "La ausencia del abogado," dice Corpus

    Juris, "es una excusa poco favorecida por las cortes como motivo de

    suspensión ***. Especialmente cuando no aparece una excusa razonable para

    tal ausencia." 13 C. J. 144.

  2. El hecho concreto imputado al acusado consiste en haber acometido y

    agredido a Pedro A. Reinosa con el propósito de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 temas prácticos
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 30 de Diciembre de 1953 - 75 D.P.R. 672
    • Puerto Rico
    • 30 Diciembre 1953
    ...127 S.E. 256 (N. C., 1925); Pueblo v. López Solano y Sierra, supra; [P685] Pueblo v. Philip, 34 D.P.R. 644; El Pueblo v. Souffront, 30 D.P.R. 105. Pero, sin la confesión o el testimonio de Batalla, de los autos surge solamente su arresto cerca de Sabana Grande tres días después del fuego. P......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 42 D.P.R. 504
    • Puerto Rico
    • Invalid date
    ...eran inseparables (El Pueblo v. Philip, 34 D.P.R. 644), o podían considerarse como parte de la res gestae (El Pueblo v. Souffront, 30 D.P.R. 105; Underhill on Criminal Evidence página 157, párrafo 88). Si no por algún otro motivo, la tentativa de ocultación, como huir, esconderse o guardar ......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 24 de Octubre de 1938 - 56 D.P.R. 756
    • Puerto Rico
    • 24 Octubre 1938
    ...después, en la misma sala del tribunal. Artículo 267 del Código de Enjuiciamiento Criminal. En el caso de El Pueblo v. Souffront, 30 D.P.R. 105, la acusación era por un delito de atentado a la vida. El veredicto del jurado decía "culpable de homicidio frustrado." La corte instruyó nuevament......
3 sentencias
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 30 de Diciembre de 1953 - 75 D.P.R. 672
    • Puerto Rico
    • 30 Diciembre 1953
    ...127 S.E. 256 (N. C., 1925); Pueblo v. López Solano y Sierra, supra; [P685] Pueblo v. Philip, 34 D.P.R. 644; El Pueblo v. Souffront, 30 D.P.R. 105. Pero, sin la confesión o el testimonio de Batalla, de los autos surge solamente su arresto cerca de Sabana Grande tres días después del fuego. P......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 42 D.P.R. 504
    • Puerto Rico
    • Invalid date
    ...eran inseparables (El Pueblo v. Philip, 34 D.P.R. 644), o podían considerarse como parte de la res gestae (El Pueblo v. Souffront, 30 D.P.R. 105; Underhill on Criminal Evidence página 157, párrafo 88). Si no por algún otro motivo, la tentativa de ocultación, como huir, esconderse o guardar ......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 24 de Octubre de 1938 - 56 D.P.R. 756
    • Puerto Rico
    • 24 Octubre 1938
    ...después, en la misma sala del tribunal. Artículo 267 del Código de Enjuiciamiento Criminal. En el caso de El Pueblo v. Souffront, 30 D.P.R. 105, la acusación era por un delito de atentado a la vida. El veredicto del jurado decía "culpable de homicidio frustrado." La corte instruyó nuevament......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR