Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 31 D.P.R. 355
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 31 D.P.R. 355 |
v.
Recurso gubernativo contra nota del Registrador de la Propiedad de Arecibo
denegando la inscripción de una escritura de compraventa.
No. 545. Resuelto en enero 15, 1923.
Los hechos están expresados en la opinión.
Abogado de los recurrentes: Sr. V. Polanco de Jesús.
El registrador recurrido compareció por escrito.
El Juez Asociado Sr. Hutchison, emitió la opinión del tribunal.
Ciertos hijos naturales reconocidos fueron declarados únicos y universales herederos
de Pilar Calderón Ortega, quien falleció
siendo soltera y sin otorgar testamento.
Estos herederos en su capacidad de vendedores en una escritura de
compraventa declaran solemnemente que los únicos bienes dejados por su madre
natural fallecida es la finca objeto de dicha venta, la que fué adquirida
por virtud de cierto documento público otorgado ante el mismo notario, en el
cual se hizo constar equivocadamente que Pilar Calderón Ortega era viuda
siendo en realidad el hecho que siempre fué
soltera. El notario que redactó
ambas escrituras certifica en el último documento que a su juicio las partes
tienen la capacidad legal necesaria para el otorgamiento de la escritura, y
al final de la misma sin hacer ninguna indicación de reserva o limitación
certifica además en cuanto al contenido.
El registrador denegó la inscripción de la declaratoria de heredero, en
cuanto se refiere a la finca descrita en la escritura citada en último
término, "por aparecer inscrita dicha finca a favor de Pilar Calderón
Ortega, de estado viuda, según el registro, persona distinta de la finada
Pilar Calderón Ortega, que lo era de estado soltera, según los documentos
presentados."
Fué asimismo denegada la inscripción de la escritura por aparecer inscrita
la finca vendida, a favor de "Pilar Calderón Ortega, persona distinta de los
enajenantes."
La propiedad no está inscrita, como alega el registrador, a favor de una
persona que necesariamente no es la madre de los recurrentes. La finca está
situada en el municipio de Morovis, inscrita con el nombre y los dos
apellidos de la madre de los recurrentes.
El mero hecho de que Pilar
Calderón Ortega al adquirir la finca dijera que era viuda no duplica su
identidad individual ni crea ninguna nueva entidad legal. Una mujer puede
ser viuda de facto y sin embargo, dentro del tecnicismo legal no "una mujer
...
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 24 de Marzo de 1987 - 118 D.P.R. 577
...el limitado objetivo de atemperar su uso producido por el solo ministerio de la ley. Cf. Calderón et al. v. El Registrador de Arecibo, 31 D.P.R. 355 [16--17] Segundo, ya hemos expresado que el notario debe ejercer una previa calificación y "debe esforzarse por alcanzar la mayor claridad y c......
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 33 D.P.R. 1019
...en el registro un defecto subsanable, como hemos hecho en otros casos, según puede verse en el recurso de Calderón v. El El Registrador, 31 D.P.R. 355, por lo que registrador recurrido no debió alterar nuestra resolución consignando como defecto subsanable lo que nosotros no habíamos declar......
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