Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 33 D.P.R. 478

EmisorTribunal Supremo
DPR33 D.P.R. 478

33 D.P.R. 478 (1924) PUEBLO V. RODRÍGUEZ

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

El Pueblo, Demandante y Apelado,

v.

Rodríguez, Acusado y Apelante.

No.: 2112

Visto: Febrero 12, 1924

Resuelto: Junio 27, 1924.

Sentencia de R. Díaz Cintrón, J. (Ponce), condenando al acusado por delito

contra el erario público. Revocada y devuelto el caso para nuevo juicio.

Martínez Nadal, Tormes & Colón, y C.

del Toro Fernández, abogados del

apelante; José E. Figueras, Fiscal, abogado del apelado.

El Juez Asociado Señor Franco Soto, emitió la opinión del tribunal.

Hercilio Rodríguez fué acusado como autor de un delito contra el erario

público y declarado culpable se le condenó

a sufrir la pena de un año de

presidio.

El acusado apeló de la sentencia y en su alegato si bien señala la comisión

de varios errores, solamente ser necesario considerar por el resultado a

que hemos llegado, el séptimo error que se refiere a la admisión por la

corte inferior de una certificación expedida por el Secretario del Municipio

de Yauco conteniendo un acuerdo del consejo de administración suspendiendo

al acusado de su puesto de comisionado de hacienda por irregularidades

encontradas en la contabilidad del Municipio.

El fiscal de esta corte al examinar este error admite que realmente se ha

cometido, pero añade que se trata más bien de un error técnico que no

perjudica los derechos sustanciales del acusado. Esta es sin embargo una

conclusión del fiscal sin más argumentación ni apoyarla con citas de

autoridades o jurisprudencia aplicable.

El acusado había tomado excepción a la resolución de la corte inferior

admitiendo dicho documento y además fundamentó su objeción. El fiscal de

distrito no explicó en cambio el objeto o propósito de ofrecer en evidencia

tal documento. Pero no teniendo esta prueba el más ligero peso sobre los

hechos delictivos que constituyen el objeto de la acusación, hay que

presumir que el propósito del fiscal era levantar una inferencia o

presunción de que el acusado cometió el delito comprendido en la acusación.

En este sentido la prueba a todas luces era impertinente y perjudicial a los

derechos sustanciales del acusado. Ella podía levantar por...

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