Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 41 D.P.R. 914

EmisorTribunal Supremo
DPR41 D.P.R. 914

41 D.P.R. 914 (1931) OCHOA FERTILIZER CORPORATION V. SEIX

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Ochoa Fertilizer Corporation, demandante-contrademandada-apelada,

v.

J. Octavio Seix, actuando como J. Octavio Seix & Co., Inc.,

demandado-contrademandante-apelante.

No.: 5077, -Sometido: Junio 5, 1930, Resuelto: Marzo 11, 1931.

Sentencia de Domingo Sepúlveda, J. (San Juan), declarando con lugar la

demanda y sin lugar la contrademanda, con costas, gastos y honorarios de

abogado. Confirmada.

R. Rivera Zayas, abogado del apelante; J. Henry Brown, C. Ruiz Nazario y G.

E. González, abogados de la apelada.

El Juez Asociado Señor Wolf, emitió la opinión del tribunal.

En la demanda en este caso se alega que a instancias del demandado la

demandante entregó a varias personas cierta cantidad de abono y que el

demandado pagaría por el mismo, bien en pagarés suscritos por las personas a

quienes entregaba la mercancía o con dinero recibido de tales personas por

el demandado. No se hicieron pagos por cierta cantidad del abono y la

demandante, después de deducir las comisiones, demandó en cobro de

$6,508.93. Se radicó una contrademanda.

La contrademanda fué declarada sin lugar y aunque la cuestión ha sido

discutida hasta cierto grado, en tanto en cuanto la discusión no es

meramente defensiva no existe señalamiento de error con respecto a la misma.

Por tanto, la actuación de la corte de distrito al declarar sin lugar la

contrademanda no necesita ser considerada.

El apelante no está enteramente equivocado al decir que la causa de acción

en este caso no es una compraventa. Naturalmente, si el demandado hubiese

ordenado mercancía de la demandante para ser entregada a otras personas,

suponiendo la entrega, surgiría una causa de acción. La acción en este caso

es algo distinta. El demandado tenía que entregar el dinero según lo iba

cobrando, conforme se deduce de la demanda misma.

Esto dió lugar a la

teoría, especialmente en apelación, de que el demandado era un mero agente

de la...

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