Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 29 de Marzo de 1929 - 41 D.P.R. 915

EmisorTribunal Supremo
DPR41 D.P.R. 915
Fecha de Resolución29 de Marzo de 1929

41 D.P.R. 915 (1931) PUEBLO V. QUILES TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO El Pueblo de Puerto Rico, demandante y apelado v. Perfecto Quiles, acusado y apelante.

No.: 4083, -Sometido: Mayo 7, 1930, Resuelto: Marzo 11, 1931.

Sentencia de Tulio Rodríguez, J. (Guayama), condenando al acusado por delito de atentado a la vida. Confirmada.

R. Cuevas Zequeira y F. Rodríguez Alverio, abogados del apelante; R. A.

Gómez, abogado de El Pueblo, apelado.

El Juez Asociado Señor Wolf, emitió la opinión del tribunal.

En este caso, el fiscal de este tribunal surgirió la revocación fundándose, quizá entre otros motivo, en que la corte, a la cual se le sometió el caso sin la intervención de jurado, cometió manifiesto error rechazando la prueba tendente a demostrar la defensa propia presentada por el acusado, y al dar crédito a la sola declaración del lesionado. El delito imputado es el de atentado a la vida, y el letrado que argumentó oralmente el caso ante esta corte no fué el mismo que en la corte inferior. El fiscal de este tribunal hace un resumen de la prueba del Gobierno, más o menos en la siguiente forma: Que Antonio Flores, el hombre contra quien Quiles (el acusado) disparó, se hallaba en la tienda de Eusebio Miranda en compañía de Juan Maldonado, Francisco Ruiz, Federico Luna y Etanislao Rodríguez, además del dueño, Eusebio Miranda; que Víctor Cabrera, mayordomo de Quiles, llegó al establecimiento de Miranda para pedir a Flores que fuese a casa de Quiles para que le llevara una carta; que Cabrera y Flores salieron del establecimiento de Miranda, mientras que los otros permanecieron allí; que la casa de Quiles quedaba como a media cuerda de distancia; que las personas que permanecieron en la tienda oyeron dos o tres disparos, fueron a casa de Quiles y hallaron a Flores en el suelo con heridas en los muslos. El fiscal expuso otros extremos que es innecesario relatar, y entonces expresó que la prueba tendió a demostrar que Flores estaba algo picado, es decir, metido en licor; que de acuerdo con la declaración del médico, Flores recibió dos heridas en los muslos, de carácter leve, que curaron rápidamente. Con el testimonio del Jefe Soldevila se demostró que cuando Perfecto Quiles se entregó dijo que venía a hacerlo porque había hecho ciertos disparos contra un tal Flores, y que cuando el jefe le preguntó a Quiles si había matado a Flores, el acusado le contestó que no sabía; que Quiles no supo decir dónde estaba la pistola con que había disparado; que el perjudicado Flores declaró en el sentido de que en la tarde del Viernes Santo, 29 de marzo de 1929, se hallaba en la tienda de Eusebio Miranda con las personas arriba mencionadas; que Víctor Cabrera vino a buscarlo para que fuera a casa de...

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