Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 45 D.P.R. 14
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 45 D.P.R. 14 |
No.: 6010, Sometido: Abril 18, 1933, Resuelto: Mayo 3, 1933.
Sentencia de E. S. Mestre, J. (Aguadilla), declarando con lugar demanda en injunction para recobrar posesión, sin costas.
Revocada, devolviéndose el caso para ulteriores procedimientos.
Mariano R. Acosta, abogado del apelante; V. P.
Martínez, abogado del apelado.
El Juez Asociado Señor Córdova Dávila, emitió la opinión del tribunal.
Bautista Lebrón González inició un procedimiento para recobrar la posesión
de un inmueble contra Juan Bautista Montalvo.
Durante la vista del caso en
sus méritos en la Corte de Distrito de Aguadilla, luego de practicada la
prueba del demandante y comenzada la del demandado, solicitó el primero que
no se permitiese al segundo la presentación de prueba alguna, basándose en
que el demandado canceló únicamente dos sellos de rentas internas de un
dólar cada uno, en vez de cinco, al radicar la contestación a la demanda.
El secretario de la corte de distrito confirmó
lo dicho por el demandante,
manifestando que tiene por costumbre cobrar $5 en sellos de rentas internas
por la contestación en esta clase de injunctions. También manifestó el
secretario que llamó la atención al abogado para que agregara los sellos que
faltaban. Se excusó el abogado diciendo que tenía pendientes dos casos de
injunction para recobrar la posesión en la corte y que el secretario no le
indicó en qué caso debía satisfacer derechos de $5. Ofreció entonces, en el
acto de la vista, los sellos de rentas internas que faltaban para cubrir la
cantidad de $5, y que tenía en su poder. La corte inferior declaró con
lugar la moción del demandante y ordenó la eliminación de la contestación,
sin permitir al demandado presentar prueba, y dictó sentencia declarando con
lugar la demanda y condenando al demandado a restituir la propiedad
reclamada, con imposición de costas. El demandado tomó excepción y
estableció el presente recurso de apelación, atribuyendo a la corte inferior
el error único de haber interpretado erróneamente las disposiciones del
artículo 2 de la Ley No. 17, aprobada en 1915 (p. 45). En su opinión la
corte inferior dice:
La demandante ofrece prueba testifical y documental que fué debidamente
practicada y se opuso, una vez comenzado el examen de la prueba del
demandado, a...
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 26 de Julio de 1940 - 57 D.P.R. 450
...dice en su alegato que renuncia a su discusión y la apelada manifiesta en el suyo que " de acuerdo con el caso de Lebron v. Montalvo, 45 D.P.R. 14, nos allanamos en que la partida de $10 se rebajara a $8, o sea $3 radicación del recurso y $5 por el señalamiento en el calendario, ya que la l......
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 22 de Octubre de 1937 - 56 D.P.R. 302
...Ley Núm. 17 de 1915 (Leyes de ese año, pág. 46), según fué posteriormente interpretada por este Tribunal en el caso de Lebrón v. Montalvo, 45 D.P.R. 14. También sostienen que toda vez que la Ley de Desahucio, en sus secciones 4 y 6 dispone la celebración de vistas dentro de determinado perí......
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