Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 24 de Febrero de 1941 - 58 D.P.R. 105

EmisorTribunal Supremo
DPR58 D.P.R. 105
Fecha de Resolución24 de Febrero de 1941
58 D.P.R. 105 (1941) EX PARTE CASELLAS
TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO EX PARTE JESÚS CASELLAS TORRES, peticionario y apelante. EX PARTE ANÍBAL ARZUAGA CASELLAS y JESÚS CASELLAS TORRES,
peticionarios y apelantes.
EX PARTE ANÍBAL ARZUAGA CASELLAS, peticionario y apelante. Núms. 8228, 8229 y 8230 58 D.P.R. 105 (1941) 24 de febrero de 1941 SENTENCIA de R. La Costa, Jr., J. (San Juan), declarando sin lugar peticiones de habeas corpus, con costas. Confirmadas. HABEAS CORPUS -- NATURALEZA Y FUNDAMENTOS DEL REMEDIO -- MOTIVOS PARA EXCARCELAR EN QUE EL REMEDIO SE BASA -- TRASLIMITACIÓN DE JURISDICCIÓN DEL TRIBUNAL -- FALTA DE JURISDICCIÓN. -- Demostrando los hechos especiales y las circunstancias que en los casos concurren, que los apelantes renunciaron competente e inteligentemente su derecho a estar representados por letrado al momento de declararse culpables y apareciendo que no presentaron la preponderancia de prueba necesaria para demostrar lo contrario y destruir la eficacia de las sentencias impuéstales, la corte inferior no erró al desestimar sus peticiones de habeas corpus. Al juzgar y resolver estos casos de acuerdo con sus peculiares hechos y circunstancias, no variamos en nada nuestra doctrina establecida en casos anteriores citados en la opinión. Villamil & Santana Becerra, abogados de los peticionarios; Hon. Procurador General George A. Malcolm, R. A. Gómez, Fiscal del Tribunal Supremo y Luis Negrón Fernández, Fiscal Auxiliar, por El Pueblo de Puerto Rico. EL JUEZ ASOCIADO SEÑOR TODD, JR., emitió la opinión del tribunal. [P106] Por convenio de las partes, al igual que en la corte inferior, estos tres recursos fueron vistos conjuntamente y, por tanto, la única cuestión legal planteada en ellos será resuelta en esta opinión. Los apelantes, Aníbal Arzuaga Casellas y Jesús Casellas Torres, fueron acusados en la Corte Municipal de San Juan de un delito de acometimiento grave, cometido conjuntamente con otros acusados, y además, cada uno de ellos fue acusado, separadamente, de un delito de portar armas prohibidas. Señalados los casos para juicio, comparecieron los aquí apelantes ante la corte municipal y, sin estar representados por abogado al leérseles las acusaciones, hicieron alegación de culpabilidad; mientrasque los otros coacusados, representados por el Lic. Carlos Santana Becerra, alegaron ser inocentes. Se procedió por la corte a ver los casos en cuanto a los coacusados, y después de haber desfilado la prueba, fueron todos los acusados declarados culpables, sentenciándose a los aquí apelantes a cumplir seis meses de cárcel, mientras que a los coacusados se les condeno a cumplir dos años de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 temas prácticos
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 16 de Diciembre de 1958 - 80 D.P.R. 830
    • Puerto Rico
    • December 16, 1958
    ...v. Ortiz, 57 D.P.R. 469 (1940);Pueblo v. Muriel, 57 D.P.R. 914 (1941);Dijols v. Lugo, Alcaide, 58 D.P.R. 5 (1941);Ex parte Casellas, 58 D.P.R. 105 (1941);Veguilla v. Saldaña, 58 878 (1941);Jiménez v. Corte, 59 D.P.R. 29 (1941);Berríos v. Saldaña, 59 D.P.R. 903 (1942) y 61 D.P.R. 583 (1943);......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 13 de Octubre de 1965 - 92 D.P.R. 733
    • Puerto Rico
    • October 13, 1965
    ...a la paz (menos grave); Dijols v. Lugo, 58 D.P.R. 5 (1941), ejercicio ilegal de la profesión de abogado (menos grave); Ex Parte Casellas, 58 D.P.R. 105 (1941), acometimiento grave (menos grave); Veguilla v. Saldaña, 58 D.P.R. 878 (1941), asesinato en segundo grado; Jiménez v. Corte, 59 D.P.......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 26 de Abril de 1963 - 88 D.P.R. 205
    • Puerto Rico
    • April 26, 1963
    ...el caso, sin embargo tal constancia en los autos no es indispensable para la validez de la sentencia." Véase además: Ex Parte Casellas, 58 D.P.R. 105 (1941); Johnson v. 304 U.S. 458 (1937). Ciertamente las circunstancias presentes en el caso de autos no justifican dejar sin efecto una sente......
3 sentencias
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 16 de Diciembre de 1958 - 80 D.P.R. 830
    • Puerto Rico
    • December 16, 1958
    ...v. Ortiz, 57 D.P.R. 469 (1940);Pueblo v. Muriel, 57 D.P.R. 914 (1941);Dijols v. Lugo, Alcaide, 58 D.P.R. 5 (1941);Ex parte Casellas, 58 D.P.R. 105 (1941);Veguilla v. Saldaña, 58 878 (1941);Jiménez v. Corte, 59 D.P.R. 29 (1941);Berríos v. Saldaña, 59 D.P.R. 903 (1942) y 61 D.P.R. 583 (1943);......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 13 de Octubre de 1965 - 92 D.P.R. 733
    • Puerto Rico
    • October 13, 1965
    ...a la paz (menos grave); Dijols v. Lugo, 58 D.P.R. 5 (1941), ejercicio ilegal de la profesión de abogado (menos grave); Ex Parte Casellas, 58 D.P.R. 105 (1941), acometimiento grave (menos grave); Veguilla v. Saldaña, 58 D.P.R. 878 (1941), asesinato en segundo grado; Jiménez v. Corte, 59 D.P.......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 26 de Abril de 1963 - 88 D.P.R. 205
    • Puerto Rico
    • April 26, 1963
    ...el caso, sin embargo tal constancia en los autos no es indispensable para la validez de la sentencia." Véase además: Ex Parte Casellas, 58 D.P.R. 105 (1941); Johnson v. 304 U.S. 458 (1937). Ciertamente las circunstancias presentes en el caso de autos no justifican dejar sin efecto una sente......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR