Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 31 de Mayo de 1945 - 65 D.P.R. 114

EmisorTribunal Supremo
DPR65 D.P.R. 114
Fecha de Resolución31 de Mayo de 1945
65 D.P.R. 114 (1945) AYALA V. MARTELL
TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO JESÚS AYALA, ET AL., demandantes y apelados,
v.
MARTIN MARTELL, demandado y apelante. Núm. 9140 65 D.P.R. 114 (1945) 31 de mayo de 1945 MOCIÓN sobre desestimación de apelación, interpuesta esta última contra SENTENCIA de la Corte de Distrito de San Juan, en pleito sobre reclamación de salarios, con costas, sin honorarios de abogado. Desestimado el recurso por falta de jurisdicción. APELACIÓN -- NATURALEZA Y FUNDAMENTOS DE LA JURISDICCIÓN APELATIVAEN GENERAL -- CASOS PROCEDENTES DE LAS CORTES MUNICIPALES. -- Nuestra jurisdicción apelativa en casos originados en las cortes municipales no está limitada exclusivamente a aquellos en que la cuantía apelada exceda de $ 300. En dichos casos debe atenderse a la cuantía de la demanda o de la reclamación siempre que esa cuantía sea la materia a discutir en el recurso, y a la cuantía de la sentencia cuando la de esta y no la de la demanda sea la materia del recurso. ID. -- DECISIONES SUJETAS A REVISIÓN -- IMPORTE O VALOR EN CONTROVERSIA -- ACUMULACIÓN DE RECLAMACIONES, INTERESES O SENTENCIAS. -- En una acción en reclamación de salarios instada de acuerdo con la Ley núm. 10 de 1917 ((II) pág. 217) en cuya demanda o querella se acumulen distintas reclamaciones de salarios, las sumas concedidas individualmente a cada obrero no pueden acumularse a los fines de cubrir la jurisdicción apelativa de este Tribunal en el caso. Otero Suro & Otero Suro, abogados del apelante; Bauza & Bauza, abogados del apelado. EL JUEZ ASOCIADO SEÑOR TODD, JR., emitió la opinión del tribunal. [P115]Se trata de una moción de desestimación radicada por los apelados contra apelación interpuesta por el patrono en un caso de reclamación de salarios de acuerdo con la Ley núm. 10 de 14 de noviembre de 1917 (II pág. 217), según posteriormente enmendada. El apelante fue notificado de la moción y no ha radicado oposición alguna a la misma. De la certificación expedida por la Secretaria de la Corte de Distrito de San Juan aparece lo siguiente: Acogiéndose al referido estatuto, dieciséis obreros radicaron conjuntamente su querella contra el patrono Martín Martell ante la Corte Municipal de San Juan, la cual dictó sentencia en 30 de marzo de 1944. Apelado el caso ante lo Corte de Distrito de San Juan, esta a su vez dictó sentencia a favor de ocho de los querellantes concediéndoles las siguientes sumas: Lorenzo Galindo, $ 220.40; Jesús Ayala, $ 46.80; Pedro Cruz, $ 114.40; Ramón Padilla Ríos, $ 97.02; José Pastrana, $ 185.60; Ramón Marcon, $ 206; Alberto Ilarraza, $ 145.60; y Eusebio Colon, $ 62.65, incluyendo dicha sentencia las costas. El querellado apeló para este Tribunal y los querellantes radicaron la presente moción para desestimar. Sostienen los apelados, (1) que la cuantía determinante de la jurisdicción apelativa de este Tribunal en casos originados en las cortes municipales es la cuantía de la sentencia, pero que en este caso la sentencia obtenida individualmente por ellos es menor de $ 300, y por tanto deben considerarse separadamente las sumas concedidas en la sentencia y no el total de las mismas, y (2) que, no llegando ninguna de ellas a $ 300 debe desestimarse la apelación por falta de jurisdicción. [P116] No es cierto que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
5 temas prácticos
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 28 de Marzo de 1949 - 69 D.P.R. 738
    • Puerto Rico
    • 28 Marzo 1949
    ...municipal. De tales casos se apela para ante la corte de distrito, pero las sentencias de ésta no son apelables. Véase Ayala v. Martell, 65 D.P.R. 114. Para soslayar el problema de que dichas sentencias no son apelables a este Tribunal, los abogados algunas veces radican peticiones de ante ......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 24 de Febrero de 1961 - 82 D.P.R. 085
    • Puerto Rico
    • 24 Febrero 1961
    ...el recurso se deduce desde la fecha en que el secretario archiva en autos copia de la notificación de la sentencia. En Ayala v. Martell, 65 D.P.R. 114 (1945), aplicamos el artículo 295 del Código de Enjuiciamiento Civil para determinar, por razón de la cuantía envuelta, los casos de reclama......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 24 de Marzo de 1961 - 82 D.P.R. 303
    • Puerto Rico
    • 24 Marzo 1961
    ...(1944); Avellanet v. Porto Rican Express Co., 63 D.P.R. 633, 635-636 (1944); Torres v. González, 63 D.P.R. 964 (1944); Ayala v. Martell, 65 D.P.R. 114, 116 (1945); Antonio Roig Sucrs. v. Corte, 6 D.P.R. 446, 447-448 (1946); Blanes v. Tribunal de Distrito, 69 D.P.R. 113, 120-121 (1948); Garc......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 14 de Febrero de 1961 - 82 D.P.R. 077
    • Puerto Rico
    • 14 Febrero 1961
    ...en reclamaciones originadas en las cortes municipales, se recurrió al artículo 295 del Código de Enjuiciamiento Civil. Ayala v. Martell, 65 D.P.R. 114 (1945); Avellanet v. Porto Rican Express Co., 63 D.P.R. 633 (1944); Collazo v. Corte, 61 291 (1943). Es decir, las omisiones de la ley espec......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
5 sentencias
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 28 de Marzo de 1949 - 69 D.P.R. 738
    • Puerto Rico
    • 28 Marzo 1949
    ...municipal. De tales casos se apela para ante la corte de distrito, pero las sentencias de ésta no son apelables. Véase Ayala v. Martell, 65 D.P.R. 114. Para soslayar el problema de que dichas sentencias no son apelables a este Tribunal, los abogados algunas veces radican peticiones de ante ......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 24 de Febrero de 1961 - 82 D.P.R. 085
    • Puerto Rico
    • 24 Febrero 1961
    ...el recurso se deduce desde la fecha en que el secretario archiva en autos copia de la notificación de la sentencia. En Ayala v. Martell, 65 D.P.R. 114 (1945), aplicamos el artículo 295 del Código de Enjuiciamiento Civil para determinar, por razón de la cuantía envuelta, los casos de reclama......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 24 de Marzo de 1961 - 82 D.P.R. 303
    • Puerto Rico
    • 24 Marzo 1961
    ...(1944); Avellanet v. Porto Rican Express Co., 63 D.P.R. 633, 635-636 (1944); Torres v. González, 63 D.P.R. 964 (1944); Ayala v. Martell, 65 D.P.R. 114, 116 (1945); Antonio Roig Sucrs. v. Corte, 6 D.P.R. 446, 447-448 (1946); Blanes v. Tribunal de Distrito, 69 D.P.R. 113, 120-121 (1948); Garc......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 14 de Febrero de 1961 - 82 D.P.R. 077
    • Puerto Rico
    • 14 Febrero 1961
    ...en reclamaciones originadas en las cortes municipales, se recurrió al artículo 295 del Código de Enjuiciamiento Civil. Ayala v. Martell, 65 D.P.R. 114 (1945); Avellanet v. Porto Rican Express Co., 63 D.P.R. 633 (1944); Collazo v. Corte, 61 291 (1943). Es decir, las omisiones de la ley espec......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR