Comentario al art. 208 del Código Penal, sobre impostura

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas250-251

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Impostura significa engaño con apariencia de verdad. La esencia de esta modalidad del delito de falsa representación consiste en que la persona acusada haya personificado falsamente a otra y que en tal carácter realice cualquiera de los actos especificados en el estatuto.272

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La esencia de esta modalidad del delito de falsa representación consiste en que la persona acusada haya personificado falsamente a otra y que en tal carácter realice cualquiera de los actos especificados en el artículo.

[272] Rayner v. State, 228 P. 500. Véase: Pueblo v. Bahamundi, 1962, 86 D.P.R. 540.La denuncia en este caso sigue sustancialmente el lenguaje de la ley. Señala que Cintrón Amil fraudulentamente se hizo pasar por otra persona, Walter Bahamundi Vázquez, y en ese carácter usurpado se declaró culpable de dos delitos imputados a Bahamundi, exponiendo a ése a sobrevenirle cualquier multa o pena de cárcel. Y como en la denuncia se imputa al peticionario haber aconsejado e incitado a Cintrón Amil a que...

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