Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2008, número de resolución KLRA200800293

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200800293
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Junio de 2008

LEXTA20080630-104 Sistema Universitario Ana G. Méndez, Universidad Metropolitana v. Universidad de P.R.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

Panel III

SISTEMA UNIVERSITARIO ANA G. MÉNDEZ, UNIVERSIDAD METROPOLITANA
Recurrente
v.
UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO
Recurrida
KLRA200800293
Revisión de Decisión Administrativa Procedente de la Administración de Reglamentos y Permisos Solicitud Núm. 06CX2-CET00-04441

Panel integrado por su presidenta, la Juez Bajandas Vélez, el Juez Aponte Hernández y el Juez Morales Rodríguez.

Bajandas Vélez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2008.

Comparece ante nos el Sistema Universitario Ana G. Méndez (SUAGM o el recurrente) en el recurso de revisión epígrafe. Nos solicita que modifiquemos la resolución emitida por la Administración de Reglamentos y Permisos (ARPE) el 16 de enero de 2008, notificada el 22 de igual mes y año. Por medio de la aludida resolución, ARPE acogió la moción presentada por el recurrente para intervenir en el procedimiento referente al permiso solicitado por la Universidad de Puerto Rico (UPR) para la construcción de un Complejo de Ciencias Moleculares en el Barrio Monacillos de San Juan. Además, ordenó que la intervención fuera efectiva desde que se emitió dicha resolución. El recurrente interesa que la intervención sea retroactiva al inicio

del procedimiento administrativo.

Analizado el recurso y el derecho aplicable, resolvemos confirmar la resolución recurrida.

I.

El 14 de septiembre de 2007, el SUAGM presentó ante ARPE una Solicitud de Intervención y Oposición al Permiso de Construcción Expedido por la Administración de Reglamentos y Permisos para la Solicitud 06CX2-CET00-0441. Dicha solicitud se presentó a raíz de un permiso concedido por ARPE a la UPR para la construcción del Complejo de Ciencias Moleculares de esta institución.

La UPR había solicitado tal permiso en 2006, luego de completar el proceso de consulta de transacción ante la Junta de Planificación (JP).1 El aludido permiso fue otorgado por ARPE y la UPR comenzó la construcción del complejo.

El 16 de enero de 2008 ARPE emitió una resolución, notificada el siguiente día 22, en la que aceptó la intervención del SUAGM y ordenó que, a partir de dicha resolución, tanto ARPE como la UPR debían notificar al SUAGM todo lo concerniente al procedimiento ante la aludida agencia.2

Inconforme con esta determinación, el 24 de marzo de 2008 el SUAGM presentó la solicitud de revisión de epígrafe en la que le imputó a ARPE la comisión del siguiente error:

Erró la Administración de Reglamentos y Permisos al limitar la intervención del Sistema Universitario Ana G. Méndez (SUAGM) desde la notificación de la resolución y no desde el inicio de los procesos administrativos ante dicha agencia sobre el permiso de construcción 06CX2-CET00-04441.

El 19 de mayo de 2008 la UPR presentó su escrito de oposición. Con el beneficio de la comparecencia de ambas partes, procedemos a resolver.

II.

-A-

Sabido es que la función revisora de las decisiones administrativas concedidas a los tribunales apelativos se reduce a determinar si la actuación de la agencia está dentro de las facultades que le fueron conferidas por ley y si la misma es legal y razonable. T-JAC, Inc. v. Caguas Centrum Limited, 148 DPR 70 (1999).

De igual manera, los tribunales apelativos deben conceder gran deferencia a las decisiones administrativas en consideración de la vasta experiencia y conocimiento especializado que ésta posee. Rivera v. A & C Development Corp., 144 DPR 450 (1997).

La Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU) en su Sec. 4.5 delimita el alcance de la revisión judicial de las decisiones administrativas. La misma dispone que las determinaciones de hecho de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR