Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Marzo de 2010, número de resolución KLRA201000176

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201000176
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2010

LEXTA20100330-20 Robles Asphalt Corp. v. AAA de P.R.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN, PANEL IV

Robles Asphalt Corp. Recurrente v. Autoridad de Acueductos y Alcantarillados Recurrido KLRA201000176 REVISIÓN ADMINISTRATIVA Procedente de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados Sobre: Impugnación de Adjudicación de Subasta Subasta Núm. 10-SP-016, PMC 8-55-5020-RD 158

Panel integrado por su presidente, Juez Arbona Lago, la Jueza Colom García y el Juez Vizcarrondo Irizarry.

Arbona Lago, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de marzo de 2010.

Robles Asphalt Corp. (RAC), solicita que revoquemos la adjudicación final de subasta notificada el 3 de febrero de 2010, en la cual la Junta de Subastas de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA), adjudicó a favor del licitador Motson

Corp. la Subasta Núm. 10-SP-016, PMC 8-55-5020, RD 158 para la construcción de un Sistema de Alcantarillado Sanitario en la Comunidad el Gato, en Orocovis, P.R.

Antecedentes

Según el récord, para el mes de diciembre de 2009, la Junta de Subastas invitó a licitar para la construcción de

un Sistema de Alcantarillado Sanitario para la Comunidad el Gato en Orocovis. La apertura de las propuestas tomó lugar el 25 de enero de 2010. Entre las 28 propuestas presentadas, las dos cotizaciones de más bajo costo fueron la de RAC, ascendente a $2,736,330.00 y la de Motson Corp. en $2,833,350.00. La AAA adjudicó la subasta el 3 de febrero de 2010 a favor de Motson Corp. al descalificar a RAC

porque acompañó el pliego de licitación con un Certificado de Radicación de Planillas de Contribución Sobre Ingresos que reflejaba que no había radicado planillas ante el Departamento de Hacienda para el año 2008 y no sometió

Certificado de No Deuda del IRS.

Inconforme, el 9 de febrero de 2010 RAC

solicitó reconsideración ante la Junta de Subastas dentro de los 10 días requeridos, y presentó evidencia del “Certificado de Corrección Manual a la Certificación de Radicación de Planillas de Contribuciones Sobre Ingreso”, donde el Departamento de Hacienda certificó que había mediado error de su parte y que RAC

“rindió la planilla 2008 según sellada el día 14 de abril de 2009 por el Departamento de Hacienda” (Ap., V. pág. 28). RAC

también presentó en la reconsideración una certificación del IRS al efecto de que RAC sí había cumplido con la radicación de sus planillas durante los últimos cinco años y reportaba un balance de “$0.00”. Id. pág. 37. RAC

expuso en reconsideración que el error del gobierno con la certificación del Departamento de Hacienda, como su falta de inclusión del Certificado De No Deuda del IRS, constituían errores subsanables que no impedían que el contrato se llevara a cabo, ni concedían ventaja a un licitador sobre otro.

Transcurridos los 10 días desde sometida la solicitud de reconsideración

sin que la Junta de Subastas de la AAA actuara sobre la misma y dentro del término de 10 días para solicitar revisión judicial, el 26 de febrero de 2010 RAC

presentó el recurso de revisión del epígrafe acompañado de Moción en Auxilio de Jurisdicción, solicitando la paralización de la adjudicación de la subasta.

RAC

imputa al foro administrativo incidir de la siguiente manera:

Erró la AAA al descalificar a RAC y no evaluar su propuesta cuando éste fue responsivo y responsable y el mejor postor, y cualquier omisión de las señaladas era una subsanable.

Procedemos a disponer conforme lo autorizan las Reglas 7(B)(5) y 64 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, 4 LPRA Ap.

XX-II-B, R. 7 (B)(5) y 64.

Exposición y Análisis

Es norma reiterada que el propósito de los procedimientos de subasta, como mecanismos de adquisición de bienes y servicios por parte del estado, es proteger el erario y garantizar que el gobierno realice sus funciones administrativas responsablemente. Trans Ad de P.R. v. Junta de Subastas, 174 DPR __ (2008), 2008 TSPR 110; RBR Const., S.E. v. A.C., 149 DPR 836, 848-49 (1999). Como hemos expresado anteriormente, para ello es necesarioque haya...

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