Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Abril de 2011, número de resolución KLRA201100262
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201100262 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 29 de Abril de 2011 |
CONSTRUCTORA JC, INC. Recurrente v AUTORIDAD DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS DE P.R., JUNTA DE SUBASTAS Recurridos | KLRA201100262 | Revisión Administrativa Procedente de la Junta de Subastas de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de P.R. Caso núm. 11-SP-012, |
Panel integrado por su presidente, el Juez Cortés Trigo, la Juez Colom García y el Juez Vizcarrondo Irizarry
Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 29 de abril de 2011.
Comparece Constructora J. C. Inc., en adelante la recurrente, y solicita la revisión de una adjudicación de la Junta de Subastas de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (Junta de AAA) en el caso de la subasta 11-SP-012,
2-38-5002, RD141, para la Construcción de un Sistema de Alcantarillado Sanitario, Fase 1, en Jayuya, Puerto Rico. Dicha subasta fue adjudicada a la firma de Ingeniería José L. Moreno, CSP. La aquí recurrente alega que no empece a que ellos resultaban ser el postor más bajo, al mejor precio y mejor cualificado, la Junta de AAA no le adjudicó la referida subasta, sino a la entidad que quedó en tercer lugar, la firma Servicios de Ingeniería José L. Moreno, CSP.
Analizados los escritos de las respectivas partes, sus apéndices y reglamentación vigente, resolvemos a CONFIRMAR la Resolución de Adjudicación impugnada.
Mediante Aviso de Subasta en el caso
Este proyecto sería financiado con fondos federales provenientes del programa de Desarrollo Rural del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (Departamento de Agricultura).
El acto de apertura de los licitadores interesados se pautó para el 19 de enero de 2011, a las 10:15 am.2 Ese día acudieron dieciséis (16) licitadores que sometieron sus respectivas propuestas.
En el acto de apertura se verificó mediante hoja de cotejo para la apertura de subastas que cada licitador cumpliera con los diferentes renglones:
(1) Formulario de Propuesta
(2) Fianza (Bid
Bond)
(3) Desglose de Costas (Cost Breakdown)
(4) Certificado de Registro Único de Licitadores (RUL)
(5) Ley 428 (Declaración Jurada)3
La hoja de cotejo también incluía los renglones de Proposal-Lump
Sum y Proposal Cost-Breakdown
(La cantidad por la que el licitador sometió su propuesta).
Los tres licitadores más bajos fueron los siguientes:
1- Constructora JC- $3,466,444.
2- Rullan Ruiz Group, Inc.- $3,498, 080.
3- Servicios de Ingeniería - $3,514,320.4
Con posterioridad al acto de apertura cada licitador fue evaluado para determinar el cumplimiento de cada uno con los requerimientos de la ley y reglamento aplicables a la subasta. En el renglón de fianza (Bid Bonds) tanto la recurrente como Servicios de Ingeniería obtuvieron observación de aprobada5.
En el renglón de análisis de estados financieros, ambas licitadoras obtuvieron observación de favorable6.
En el reglón de documentos requeridos por las Autoridades federales, por tratarse de un proyecto de construcción financiado con fondos federales, el Departamento de Agricultura incluyó en un check
list un Certificate of Clearance del Servició de Rentas Internas (
Sobre este requisito, la recurrente había solicitado la certificación correspondiente al
En cuanto a Servicios de Ingeniería José L. Moreno CSP, ésta presentó el Certificate of Clearance del
El 2 de febrero de 2011 el Comité de Evaluación de AAA presentó a la Junta el Memorando de Evaluación de Propuestas para la Subasta Núm. 11- SP-2011.10 En dicho documento se concluye que nueve (9) de los dieciséis (16) licitadores fueron no responsivos, pues no cumplieron con las especificaciones de la subasta, según éstas les fueron requeridas.
Entre los licitadores no responsivos se identificó a la aquí recurrente, Constructora JC, puesto que no proveyó en su propuesta el Certificate of Clearance del Servicio de Rentas Internas requerido según el mencionado check list
del Departamento de Agricultura.11 El segundo licitador más bajo, Rullan Ruiz Group, Inc., también se clasificó como no responsivo en el Memorando de Evaluación de Propuestas, puesto que los estados financieros presentados estaban expirados, y se reflejaba una deuda de $279.31 con el Departamento de Hacienda de Puerto Rico. El tercer postor más bajo, Servicios de Ingeniería José L. Moreno CSP, se clasificó como completa (complete).12
Mediante una comunicación fechada del 23 de febrero de 2011, la Ayudante Ejecutiva del Director de Infraestructura de la AAA le presentó la documentación correspondiente a la Subasta CIP 3-28-5002, RD # 141 a la Directora del Programa de Comunidad del Rural Development State Office (USDA), para su aprobación. En ésta recomendó se adjudicara la subasta de referencia a Servicios de Ingeniería José L. Moreno, CSP, por ser
el postor más bajo que cumplía con todos los requisitos de ley y reglamento.13 La comunicación adjuntó todos los documentos relevantes sometidos por Servicios de Ingeniería.
El 25 de febrero de 2011, la Directora del Programa de Comunidad, Sra. Nereida Rodríguez contestó la misiva de la AAA, aprobando la recomendación de adjudicarle la subasta de referencia a la Compañía Servicios de Ingeniería José
L. Moreno, CSP, por ser el licitador cualificado con la propuesta más baja (Lowest qualified bid proposal).14
El 1 de marzo de 2011 se adjudicó la subasta de epígrafe. El 2 de marzo de 2011 se le cursó Carta de Adjudicación de Subasta a todos los licitadores, notificándoles la selección de Servicios de ingeniería José L. Moreno, CSP, por ser el licitador responsivo más bajo que cumplió con todas las especificaciones, términos y condiciones de la subasta sobre los demás licitadores.15
El 10 de marzo de 2011, la recurrente, Constructora JC, radicó ante la Junta una Moción de Reconsideración, la cual le fue notificada a los restantes licitadores.16
En esencia, la recurrente planteó que fue el licitador más bajo ($3,466,666), que cumplió esencialmente con todos los requisitos que le fueron notificados por
la AAA para participar en la subasta y que el único renglón que
alegadamente no fue responsivo, a saber, la Certificación de no deuda con el
Clearance.
La referida Moción de Reconsideración no fue contestada de forma oportuna por la AAA, por lo que la recurrente optó por presentar el presente recurso de Revisión Judicial. En su recurso, la recurrente plantea los siguientes señalamientos de error:
(A) Erró la Honorable Junta de la AAA en descalificar y declarar como licitador no responsivo
a Constructora JC, Inc. (B) Erró la Honorable junta de la AAA en no considerar los documentos sustitutos como acreditativos sustanciales
de no deuda con el Internal Revenue
Service
(C) Erró la Honorable Junta de la AAA en no adjudicar la buena lid a Constructora JC, Inc., como el licitador más bajo y cualificado por su experiencia y capacidad financiera, y discrecionalmente requerir posterior documentación como condición de contratación dentro del término reglamentario.
Derecho aplicable
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La función revisora y la deferencia judicial
La revisión judicial de las determinaciones administrativas comprende tres (3) aspectos:
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La concesión del remedio apropiado.
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Las determinaciones de hechos.
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Las conclusiones de derecho del organismo administrativo. P.R.T.C. v. J. Reg. Tel. de P.R., 151 D.P.R. 269, 281 (2000); Reyes Salcedo v. Policía de P.R., 143 D.P.R. 85 (1997).
La función revisora de este foro apelativo con respecto a las determinaciones...
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