Sentencia de Tribunal Apelativo de 22 de Junio de 2012, número de resolución KLRA201200031

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201200031
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución22 de Junio de 2012

LEXTA20120622-009 Casado Berrios V. Institución Correccional Zarzal

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL I

ROBERTO CASADO BERRÍOS RECURRENTE V. INSTITUCIÓN CORRECCIONAL ZARZAL RECURRIDO KLRA201200031 REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación NÚM. CZ-217-11 SOBRE: APLICABILIDAD DE LEY 208 Y LEY 44

Panel integrado por su presidente, Juez Rivera Román, Juez Vizcarrondo Irizarry y Jueza Colom García

Rivera Román, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 22 de junio de 2012.

El señor Roberto Casado Berríos solicitó la revisión de una resolución emitida por la División de Remedios Administrativos de la Administración de Corrección en la cual se confirmó la decisión administrativa de que el confinado no era acreedor de bonificaciones por estudios o trabajo.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, se confirma el dictamen de la Administración de Corrección.

I.

El señor Casado Berríos cumple una pena de noventa y nueve (99) años de reclusión a raíz de una condena por el delito en primer grado y otros durante el año 1992. En vista

de ello, se encuentra confinado en la Institución Correccional Zarzal, en el municipio de Río Grande.

El 7 de octubre de 2011, el señor Casado Berríos presentó una solicitud de remedio administrativo en la que solicitó que se le otorgaran bonificaciones por estudios o trabajo conforme al Art. 17 de la Ley 208 de 29 de diciembre de 2009.

La respuesta a esta solicitud se emitió el 3 de noviembre de 2011. En ella, la Técnico Sociopenal Milagros Llompart informó que la Ley 208 es una Enmienda al Art. 47 del Código Penal de 2004 para aumentar la cantidad de días que se pueden conceder de bonificación por estudios o trabajo. Añadió que tanto bajo la Ley 27 de 20 de julio de 1989 como la Ley 315 de 15 de septiembre de 2004, los confinados con pena de reclusión de 99 años se encuentran excluidos de los abonos por estudios o trabajo.

Así las cosas, el señor Casado Berríos presentó reconsideración en la que una vez más solicitó bonificaciones por estudios o trabajo en virtud de la Ley 208 de 29 de diciembre de 2009.

Argumentó que dicha ley no hace exclusiones respecto a tipos de delitos o de sentencia y que el artículo 17 le es aplicable.

La Coordinadora Regional de la División de Remedos Administrativos, la señora Ivelisse Milán Sepúlveda, emitió resolución el 14 de diciembre de 2011 en la que confirmó la respuesta emitida.

Fundamentó su determinación en que, en cuanto a las bonificaciones, al señor Casado Berríos no le aplica la Ley 44 de...

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