Sentencia de Tribunal Apelativo de 6 de Febrero de 2013, número de resolución KLRX201300007

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRX201300007
Tipo de recursoRecursos extraordinarios
Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2013

LEXTA20130206-003 Leon Humbert v. Junta de Directores y Consejo de Titulares

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL III

GERHARD LEON HUMBERT BROOKMAN GLORIA IRIZARRY Y OTROS Recurrentes
v.
JUNTA DIRECTORES Y CONSEJO DE TITULARES DEL COND. VILLA CAPARRA EXECUTIVE Recurrida
KLRX201300007
MANDAMUS procedente del DACO SJ0008875 SJ0009160

Panel integrado por su presidente el Juez Ramírez Nazario, la Jueza Carlos Cabrera y el Juez Rodríguez Casillas

Ramírez Nazario, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 6 de febrero de 2013.

Comparecen el señor Gerhard León Humbert Brookman, la señora Gloria M. Irizarry y otros (peticionarios) para solicitar que le ordenemos al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) a emitir una Resolución con determinaciones de hechos y conclusiones de derecho.

Considerado el recurso de Mandamus presentado a la luz del derecho aplicable, resolvemos desestimarlo.

I.

Presentada una querella ante el DACO por los peticionarios, éstos solicitaron a dicho foro la descalificación de la representación legal de la parte querellada, la Junta de Directores y consejo de Titulares del Condominio Villa Caparra Executive (parte recurrida). Luego de la oposición por la parte recurrida, el 17 de diciembre de 2012, el DACO emitió una Resolución, mediante la cual denegó la petición de descalificación de la representación legal de la parte recurrida. Así también pautó una vista para el 13 de febrero de 2013.

El 28 de diciembre de 2012 los peticionarios presentaron una solicitud de determinaciones de hechos y conclusiones de derechos. El DACO nada dispuso sobre tal petición.

Inconformes, los peticionarios acuden ante este Tribunal mediante un recurso de mandamus. Arguyen que DACO incumplió su deber ministerial de dirimir la petición de descalificación de abogado y emitir una Resolución con determinaciones de hechos y conclusiones de derecho.

II.

El auto de mandamus, procede para hacer cumplir un deber ministerial claramente establecido por ley o que resulte del empleo, cargo o función pública. Noriega v. Hernández Colón, 135 D.P.R.

406 (1994); Hernández Agosto v. Romero Barceló, 112 D.P.R. 407 (1982); 32 L.P.R.A.

secs. 3421 y 3422. En Dávila v. Superintendente de Elecciones, 82 D.P.R. 264 (1960), el Tribunal Supremo de Puerto Rico estableció que las siguientes consideraciones deben ser tomadas en cuenta al adjudicar una...

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