Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Junio de 2013, número de resolución KLCE201300562

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201300562
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución28 de Junio de 2013

LEXTA20130628-194 Silver Wings Aviation Corp. v. Execumed Corp.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN Y GUAYAMA

PANEL V

SILVER WINGS AVIATION, CORP.
Demandante-Apelado
V
EXECUMED CORPORATION
Co-Demandado
WILFRED QUIÑONES
Demandado-Apelante
KLCE201300562
Certiorari se acoge como APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan SOBRE: INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO Caso Núm. K AC2011-0727 (807)

Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, el Juez Hernández Sánchez y la Juez Grana Martínez.

Hernández Sánchez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de junio de 2013.

El Sr. Wilfredo Quiñonez Sotomayor (Quiñonez Sotomayor o apelante) nos solicita la revisión de una sentencia parcial dictada el 26 de febrero de 2013, notificada el 1 de marzo del mismo año. Mediante dicho dictamen el foro primario desestimó con perjuicio una demanda incoada en contra del codemandado Execumed Corp. (Execumed) al amparo de un acuerdo confidencial de transacción extrajudicial suscrito por el demandante Silver Wings Aviation Corp. (SWAC).

Posteriormente, el apelante solicitó la reconsideración de dicho dictamen, no obstante, su solicitud fue declarada No Ha Lugar mediante resolución dictada el 9 de abril de 2013, notificada al día siguiente.

Considerado el recurso de certiorari, se acoge como apelación, por ser el recurso apropiado.

Sin necesidad de ulterior trámite y con el beneficio de la comparecencia de SWAC, se confirma el dictamen recurrido.

I.

El 27 de junio de 2011, SWAC presentó una demanda sobre incumplimiento de contrato, interferencia contractual, contrato en daños a terceros y daños y perjuicios en contra del Señor Quiñones Sotomayor y Execumed.1

En síntesis, sostuvo que el apelante intervino de forma intencional y torticeramente en la relación entre SWAC, Execumend y otros clientes. Arguyó, además, que el señor Quiñones Sotomayor y Execumed promovieron y cancelaron un contrato con SWAC en aras de otorgar un contrato entre ellos y proveer el servicio que este brindaba a Execumed. Por último, SWAC solicitó al foro primario que condenara a los demandados a satisfacerle una cantidad por perdida de los ingresos, daños económicos, costas, gastos y honorarios de abogados. Por su parte, el señor Quiñones Sotomayor contestó la demanda y negó las principales alegaciones en su contra.2

Luego de varios trámites procesales, que incluyeron la celebración de una vista sobre la Conferencia con Antelación al Juicio, SWAC presentó un escrito titulado “Solicitud de Desistimiento con Perjuicio”.3 Mediante dicho escrito, el apelante informó que había suscrito junto a Execumed un acuerdo extrajudicial confidencial que ponía fin al litigio entre estos.

Evaluada la solicitud de SWAC, el TPI declaró Ha Lugar el desistimiento con perjuicio a favor de Execumed, mediante una sentencia parcial dictada el 26 de febrero de 2013, notificada el 1 de marzo del mismo año.4

Inconforme con lo anterior, el señor Quiñones Sotomayor presentó un escrito titulado “Moción de Reconsideración y en Solicitud de Orden”.5

En apoyo a su petición, sostuvo que no fue debidamente informado sobre el acuerdo en cuestión, por lo que desconoce los términos y condiciones que dieron por terminado el pleito en contra de codemandado relevado. Por último, el apelante solicitó al foro primario que ordenase a SWAC y Execumed a descubrir el contenido del aludido acuerdo conforme a Rodríguez et al. v. Hospital et al., 186 D.P.R. 889 (2012) y US Fire Insurance v. AEE, 174 D.P.R. 846 (2008).

Por su parte, el...

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