Sentencia de Tribunal Apelativo de 9 de Enero de 2014, número de resolución KLAN201301398

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201301398
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución 9 de Enero de 2014

LEXTA20140109-001 Hernández Ruiz v. Adorno Cruz

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VI

JOEL HERNÁNDEZ RUIZ
Apelante
v.
VANESSA ADORNO CRUZ; en representación de la menor J.M.H.A.
Apelada
KLAN201301398
APELACIÓN Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Caso Núm.: DFI2010-0089 Sobre: IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD

Panel integrado por su presidente, el juez Escribano Medina, el juez Bermúdez Torres y la juez Brignoni Mártir

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 9 de enero de 2014.

I.

El 28 de julio de 2010, Joel Hernández Ruiz presentó Demanda de Impugnación de Filiación contra Vanessa Adorno Cruz, en representación de la menor Joelianis Michelle Hernández Adorno. Alegó que el 2 de junio de 2009 recibió los resultados de una prueba de paternidad donde se enteró que no era el padre biológico de la menor. Adorno Cruz fue emplazada mediante edicto, notificándose el mismo por correo certificado a su última dirección conocida.

Luego de varias incidencias procesales, el 5 de junio de 2013, notificada el 19 de junio de 2013, el Tribunal de Instancia dictó Sentencia mediante la cual desestimó la

Demanda. Se fundamentó en que la acción de impugnación caducó el 22 de julio de 2010 y la demanda se presentó el 28 de julio de 2010. Inconforme, el 8 de julio de 2013 Hernández Ruiz presentó Moción Solicitando Reconsideración de Sentencia. El 10 de julio de 2013, notificada el 30 de julio de 2013, el Tribunal denegó la misma.

El 29 de agosto de 2013 Hernández Ruiz acudió ante nos mediante Apelación. Adujo que erró el Tribunal de Primera Instancia al determinar que la acción de impugnación de paternidad caducó el 22 de junio de 2010. El 9 de septiembre de 2013 concedimos treinta (30) días a la parte apelada, Adorno Cruz, para presentar su alegato en oposición. Ante el vencimiento del término sin la comparecencia de la apelada, el 23 de octubre de 2013 concedimos término perentorio de veinte (20) días para presentar alegato. A pesar de que Adorno Cruz no ha comparecido, resolvemos conforme a Derecho y jurisprudencia aplicable.

II.

La Ley Núm. 215-2009 (Ley Núm. 215) enmendó los Artículos 113, 114, 115, 116 y 117 del Código Civil de Puerto Rico, 31 L.P.R.A. §

461-465, a fin de establecer la presunción de paternidad y de maternidad, establecer el derecho a impugnarla, conceder legitimación activa a ciertas personas para la...

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