Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Septiembre de 2015, número de resolución KLCE201501299
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201501299 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 29 de Septiembre de 2015 |
| | Certiorari procedente del �Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Fajardo Crim. N�m.: N VI1999G0035 Por: Asesinato en primer grado y otros |
Panel especial integrado por su presidente, el Juez Ram�rez Nazario, el Juez Rodr�guez Casillas y el Juez Candelaria Rosa.
Candelaria Rosa, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 29 de septiembre de 2015.
Comparece F�lix Allende Barreiro mediante petici�n de certiorari en la que disputa la determinaci�n del Tribunal de Primera Instancia de negar los efectos del principio de favorabilidad contenido en el art�culo 4 del C�digo Penal de 2012, 33 LPRA sec. 5004, y en consecuencia aplicar las normas del concurso de delitos que se incluyen en los art�culos 71 y 72 del c�digo seg�n enmendado por la Ley 246-2014, a su sentencia de 207 a�os de c�rcel emitida el 28 de abril de 2000.�
Sin embargo, el art�culo 303 de dicho c�digo estableci� una cl�usula de reserva cuyo efecto fue evitar la aplicaci�n retroactiva de sus disposiciones en limitaci�n del principio de favorabilidad. Al respecto, el Tribunal Supremo ha resuelto que el principio de favorabilidad no participa de jerarqu�a constitucional, sino estatutaria, y que la aplicaci�n retroactiva de las leyes penales que favorezcan al acusado se encuentra sujeta a la discreci�n del legislador. Pueblo v. Gonz�lez, 165 DPR 675 (2005). Sobre ello, el peticionario argumenta que la limitaci�n de la cl�usula de reserva se refiere a la conducta t�pica y no a la sentencia. No obstante, el Tribunal Supremo ha atendido esta...
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