Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Junio de 2016, número de resolución KLAN201600245
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201600245 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 23 de Junio de 2016 |
| | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Caso Núm. K PE2011-0917 SOBRE: Sentencia declaratoria, interdicto preliminar y permanente |
Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, y las Juezas Vicenty Nazario y Grana Martínez.
Grana Martínez, Jueza Ponente
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 23 de junio de 2016.
El Consejo de Titulares del Condominio Caribe Plaza solicita que revoquemos un dictamen en que el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala de San Juan, adjudicó negligencia en su contra. La determinación recurrida fue dictada el 25 de enero de 2016, notificada el 27 de enero de 2016.
El 16 de mayo de 2016 Tactital Media Group, Inc. presentó su oposición al recurso.
Aclaramos que este recurso se presentó erróneamente como una apelación. La parte peticionaria solicita que revisemos un dictamen en el que el TPI dispuso sobre el aspecto de la negligencia de una reconvención por daños y perjuicios. Esta decisión es una resolución de carácter interlocutoria que debe revisarse mediante certiorari. Véase, US File Ins. v. AEE, 151 DPR 962, 968 (2000); Colón v. Televicentro, 175 DPR 690 (2009).
Los hechos que anteceden a la presentación de este recurso son los siguientes.
La demandada, Caribe Project Inc., desarrolló el complejo de viviendas conocido como Paseo Caribe. Como parte de ese proyecto, edificó una estructura para estacionamientos comerciales que posteriormente vendió a la codemandada, SG Caribe Parking. Caribe Project mantuvo la administración del estacionamiento del que arrendó la fachada del área sur a Tactical Media para la colocación de lonas comerciales. El 10 de marzo de 2011, el Consejo presentó una demanda sobre sentencia declaratoria, interdicto preliminar y permanente contra Caribe Project Inc., SG Caribe Parking, Tactical Media y otros.
El Consejo de Titulares cuestionó la ubicación de un rótulo de publicidad de la cerveza “Coors Light” en la fachada sur del Estacionamiento Comercial. La peticionaria alegó que el rótulo afectaba el buen uso y disfrute adecuado del derecho de superficie del Condominio Caribe Plaza.
Tactical negó las alegaciones en su contra y presentó una reconvención contra el Consejo de Titulares. La recurrida reclamó una indemnización por los daños sufridos como consecuencia de la intervención indebida de la peticionaria en el contrato de arrendamiento que Tactical tenía con SG Caribe Project.
El TPI declaró HA LUGAR el “injuction preliminar” y ordenó la remoción del rótulo e impuso al Consejo de Titulares el pago de una fianza de cien dólares.
Inconforme con ese dictamen, los demandados acudieron al Tribunal de Apelaciones. El 31 de agosto de 2012, el Tribunal de Apelaciones revocó al TPI, debido a que no se cumplieron los requisitos de un injunction preliminar. Por el contrario, encontró que: (1) el Consejo de Titulares no demostró tener ningún derecho sobre el Estacionamiento Comercial, (2) el testimonio del Lcdo.
Andrés Fuentes se limitó a que el letrero afectaba la belleza de la estructura del edificio, (3) el Condominio Caribe Plaza y el edificio de estacionamiento son dos fincas registrales independientes y de diferentes propietarios, 4) SG Caribe Parking como titular del estacionamiento tenía derecho a alquilar la fachada donde se ubicó el rótulo 5) la Ley de Propiedad Horizontal solo aplica a los apartamentos y elementos comunes sujetos a ese régimen 6) el Estacionamiento Comercial no está sujeto a ese régimen.
El 29 de abril de 2015, el TPI dictó sentencia acogiendo el acuerdo de desistimiento conjunto con perjuicio presentado por el Consejo y las codemandadas, SG Caribe Project, SG Caribe Parking y Arturo...
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