Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Diciembre de 2018, número de resolución KLRA201800570

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201800570
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2018

LEXTA20181212-015 - Valerie Zayas Viera v. Ma Educational Center

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

ORDEN ADMINISTRATIVA TA-2018-246

PANEL ESPECIAL

VALERIE ZAYAS VIERA
Recurrida
v.
MA EDUCATIONAL CENTER, INC. H/N/C CENTRO PRE ESCOLAR KIDDY
Recurrente
KLRA201800570 Recurso de Revisión procedente del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos Caso Núm.: AC-14-362 Sobre: Despido Injustificado (Ley Núm. 80)

Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Cancio Bigas y el Juez Flores García[1]

Ramírez Nazario, Erik Juan, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de diciembre de 2018.

Comparece el MA Educational Center, Inc. h/n/c Centro Pre Escolar Kiddy (Kiddy o recurrente) y nos solicita que dejemos sin efecto la Resolución y Orden emitida el 29 de junio de 2018, por la Oficina de Mediación y Adjudicación del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (OMA o agencia recurrida). Mediante el referido dictamen, el foro recurrido declaró con lugar la reclamación por despido injustificado presentada por la señora Valerie Zayas Viera (señora Zayas o recurrida).

Por los fundamentos que exponemos a continuación, se confirma la determinación recurrida.

I.

Los hechos pertinentes a la controversia de este caso son los siguientes: El 12 de agosto de 2014, la señora Zayas presentó una querella al amparo de la Ley Núm. 80 de 30 de mayo de 1976 (Ley 80), según enmendada, conocida como la Ley de Despido Injustificado, 29 LPRA sec. 185a et seq., en contra de su patrono Kiddy. Alegó que había sido despedida injustificadamente y reclamó indemnización por la cantidad de $2,706.00. Oportunamente, Kiddy presentó su contestación a la querella y planteó que la señora Zayas fue despedida por causa justificada, como resultado de su incumplimiento con el reglamento de la empresa.

Luego de varios trámites procesales, el 4 de mayo de 2016, se celebró la vista administrativa. A dicha vista compareció por la parte querellada el señor Manuel Rivera Giménez (señor Rivera), Presidente de la Junta de Directores, y la señora Yadira Rodríguez Llorens (señora Rodríguez), Directora. La recurrida presentó su propio testimonio. El 29 de junio de 2018, la OMA emitió una Resolución y Orden declarando con lugar la querella presentada por la señora Zayas y ordenó a los recurrentes a satisfacer la cantidad de $2,706.00. Además, la agencia recurrida ordenó a los recurrentes a pagar la cantidad de $405.90 a favor de la Lcda.

Ayleen James Reyes, abogada de la recurrida, por concepto de honorarios de abogado. Dicho foro le otorgó entera credibilidad al testimonio de la recurrida, y no así al testimonio del señor Rivera y la señora Rodríguez. El foro recurrido concluyó que, luego de analizar la prueba testifical y documental presentada, el despido de la señora Zayas fue injustificado.

Posteriormente, el 8 de agosto de 2018, los recurrentes presentaron una moción de reconsideración, la cual no fue atendida por la OMA.

No conforme, Kiddy acude ante este Tribunal de Apelaciones y nos plantea los siguientes señalamientos de error:

Erró OMA al evaluar arbitrariamente la credibilidad de los testigos.

Erró OMA al determinar que el despido fue uno injustificado.

II.

A.

Es norma de derecho claramente establecida que los tribunales apelativos han de otorgar gran consideración y deferencia a las decisiones administrativas. Ello debido a la experiencia y conocimiento especializado que poseen las agencias sobre los asuntos que se le han delegado. Asoc. Fcias. v.

Caribe Specialty et al. II, 179 DPR 923, 940 (2010). El Tribunal Supremo ha establecido que las decisiones de los foros administrativos tienen a su favor una presunción de legalidad y corrección. González Segarra et al. v. CFSE, 188 DPR 252 (2013); Empresas Loyola v. Com. Ciudadanos, 186 DPR 1033, 1041 (2012); Calderón...

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