Sentencia de Tribunal Apelativo de 9 de Septiembre de 2020, número de resolución KLRA202000201

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA202000201
Tipo de recursoKLRA
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2020

LEXTA20200909-020 - Barchetta v. Administracion De Servicios Medicos De PR (asem) Con Su Comite Evaluador

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VII

BARCHETTA, LLC
Recurrente v.
ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS DE PUERTO RICO (ASEM) con su COMITÉ EVALUADOR, JUNTA DE ENTIDADES PARTICIPANTES Y DIVISIÓN DE COMPRAS; OFICINA DE AUTORIDAD DE ASESORÍA FINANCIERA Y AGENCIA FISCAL DE PUERTO RICO (AAFAF); JUNTA DE REVISIÓN DE SUBASTA DE LA ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS DE PUERTO RICO
Recurridos
KLRA202000201
REVISIÓN JUDICIAL procedente de la Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico Caso núm.: 2019-002 (ASEM) Sobre: Impugnación de Adjudicación de Solicitud de Propuestas (RFP)

Panel integrado por su presidenta la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Rivera Torres.

Rivera Torres, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 9 de septiembre de 2020.

Comparece ante este tribunal apelativo Barchetta, LLC (en adelante Barchetta o la recurrente) mediante el recurso de epígrafe solicitándonos que revisemos la Resolución emitida por la Junta de Revisión de Subasta de la Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico (en adelante la Junta o la recurrida) el 11 de marzo de 2020, notificada ese mismo día. Mediante dicho dictamen la Junta confirmó la determinación emitida por la Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico, conocida por sus siglas como ASEM, en la cual adjudicó el requerimiento de propuesta RFP 2019-002 a Continium Care Solution, Inc. (en adelante CCS).

El recurrente acompañó el recurso con una Urgente moción solicitando paralización de los procedimientos ante la agencia administrativa (ASEM), mientras se dilucida recurso de revisión de Resolución Administrativa sobre impugnación de adjudicación de solicitud de propuesta (RFP). El 4 de agosto de 2020 dictamos una Resolución declarando dicho petitorio No Ha Lugar.

Por los fundamentos que detallamos a continuación, se confirma la determinación recurrida.

I.

El 17 de junio de 2019 la Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico emitió el Request for Proposal Hospital Revenue Cycle Management Services For Puerto Rico Medical Services Administration (RFP Number: 2019-002). En el RPF se solicitó propuestas relativas al ofrecimiento de servicios de administración, facturación y cobro en las instalaciones hospitalarias administradas por la ASEM en el Centro Médico de Puerto Rico y en el Hospital Universitario de Adultos (HUA).

El 22 de julio de 2019 Barchetta presentó su propuesta ante la ASEM. Luego de varios meses, esta recibió un correo electrónico de la referida agencia informando sobre una Fase II de Requerimiento de Información Suplementaria para el RFP 2019-002.

El 6 de diciembre del 2019 Barchetta presentó su propuesta en respuesta a la Fase II del RFP 2019-002. El 22 de diciembre siguiente la ASEM emitió su adjudicación final (Final Award), la cual se notificó por correo certificado a los cinco (5) proponentes. La ASEM adjudicó

la subasta a Continium Care Solution, Inc. (CCS) por ser este la que obtuvo la mayor puntuación en los diferentes renglones incluidos en la propuesta.

Barchetta obtuvo la tercera posición.

Los criterios de evaluación utilizados por la ASEM fueron los siguientes: (1) corporate qualifications management strange and personal resources, depth of experience providing the service described in RFP (35%), (2) financial strength of the proponent (20%), (3) proposed compensation (25%), (4) strength of references (10%), y (5) compliance with proposal elements (10%).[1]

Surge de la Notificación Final que la ASEM calificó cada una de las propuestas multiplicando el puntaje recibido en cada categoría por su valor asignado y sumando todas las categorías para el puntaje total de los proponentes.[2]

Los valores asignados fueron clasificados como sigue: week (1 punto), weak to meets (2 puntos), meets (3 puntos), meet to strong (4 puntos), y strong (5 puntos). Barchetta obtuvo la puntuación final de tres punto cero cinco (3.05) mientras que CCS recibió la mejor valoración ascendente a cuatro (4) puntos.[3] Asimismo, la propuesta de CCS -en cuanto al costo económico- fue la más baja en comparación a los demás proponentes (7.9% para ASEM y 7.9% para HUA). En este renglón la presentada por Barchetta era 9.89% para la ASEM y 8.50% para UDH lo que representó ser más costosa.[4]

El 11 de febrero del 2020 Barchetta presentó una solicitud de reconsideración. El 11 de marzo la Junta de Revisión de Subastas de la ASEM dictó la Resolución en la cual ratificó la adjudicación a CCS. La Junta concluyó en la Resolución recurrida que “[s]e recomienda la adjudicación al mejor postor resultando ser la Compañía CCS porque ofreció el precio más bajo que cumplió con los requisitos solicitados en el RFP 2019-002.”[5]

Inconforme con esta determinación, el recurrente instó

el presente recurso de revisión judicial en el que señaló los siguientes errores:

ERRÓ LA JUNTA DE REVISIÓN DE SUBASTA AL RECHAZAR LA SOLICITUD DE RECONSIDERACIÓN DE BARCHETTA, LLC, DESCARTANDO Y/O IGNORANDO ASÍ EL INCUMPLIMIENTO DEL PROPONENTE AGRACIADO, CONTINIUM CARE SOLUTIONS, INC. Y DE OTROS PROPONENTES SOBRE REQUISITOS Y ELEMENTOS ESENCIALES EXIGIDOS A LOS PARTICIPANTES DEL RFP 2019-002.

ERRÓ LA JUNTA DE REVISIÓN DE SUBASTA AL RECHAZAR LA SOLICITUD DE RECONSIDERACIÓN DE BARCHETTA, LLC CUANDO SU PROPUESTA ERA Y ES LA MÁS PROVECHOSA PARA LA ASEM EN CUANTO A SUS CRITERIOS DE: SOLIDEZ FINANCIERA; EL PESO DE LAS REFERENCIAS; Y, CALIFICACIONES CORPORATIVAS, EXPERIENCIA Y EQUIPO ADMINISTRATIVO.

ERRÓ LA JUNTA DE REVISIÓN DE SUBASTA AL RECHAZAR LA SOLICITUD DE RECONSIDERACIÓN DE BARCHETTA, LLC, DESCARTANDO Y/O IGNORANDO ASÍ LOS POTENCIALES CONFLICTOS DE INTERESES PRESENTES.

El 21 de julio de 2020 dictamos una Resolución concediendo a la parte recurrida el término de cinco (5) días para expresarse en cuanto al recurso y a la moción solicitando paralización. El 27 de julio de 2020 la ASEM presentó un escrito intitulado Moción en Cumplimiento de Orden, en Oposición a “Moción Urgente Solicitando Paralización de los Procedimientos ante la Agencia Administrativa (ASEM), Mientras se Dilucida Recurso de Revisión de Resolución Administrativa sobre Impugnación de Adjudicación de Solicitud de Propuestas (RFP)” y en Solicitud de Prórroga para Presentar Nuestra Posición en Cuanto al Recurso de Revisión Presentado en el cual esbozó los fundamentos por los cuales no debíamos ordenar la paralización solicitada y solicitó un término de quince (15) días para presentar su alegato en oposición.

El 28 de julio de 2020 Management Consultants & Computer Services, Inc., presentó un documento intitulado Reacción a Señalamientos Incorrectos sobre Management Consultants & Computer Services, Inc. en Recurso de Revisión Administrativa presentado por Barchetta, LLC.

El 4 de agosto de 2020 dictamos una Resolución donde declaramos No Ha Lugar a la paralización y concedimos la prórroga solicitada por la ASEM. El 19 de agosto la ASEM presentó su Alegato en oposición de la Parte Recurrida, por lo que nos damos por cumplidos y declaramos perfeccionado el recurso.

Analizados los escritos de las partes y el expediente apelativo; así como estudiado el derecho aplicable, procedemos a resolver.

II.

A.

El procedimiento de pública subasta es de suma importancia para la contratación de servicios por parte de las agencias gubernamentales y está revestido del más alto interés público. Caribbean Communications Solutions v. Policía de Puerto Rico, 176 DPR 978, 993 (2009); Empresas Toledo v. Junta de Subastas, 168 DPR 771, 778 (2006). Nuestro Tribunal Supremo ha declarado que en materia de adjudicación...

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