Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Septiembre de 2005, número de resolución KLRA200500602
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA200500602 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 12 de Septiembre de 2005 |
LEXTCA20050912-09 Torres Hernández v.
Adm. de Corrección
DAVID TORRES HERNÁNDEZ Recurrente V ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN Recurrido | | Revisión procedente de la Oficina de Clasificación de la Administración de Corrección del ELA Caso Núm. 1-82024-01-178 Por: Tentativa de Robo |
Panel especial de indigentes y confinados integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, y los Jueces Colón Birriel y Hernández Torres
Colón Birriel, Juez
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 12 de septiembre de 2005.
El recurrente, David Torres Hernández, (en adelante, el señor Torres Hernández) se encuentra confinado en la Institución Correccional 352 de Río Piedras bajo la custodia de la recurrida, Administración de Corrección. Comparece pro se y solicita la revisión de una Resolución emitida el 3 de agosto de 2005, por el Director de Clasificación de la agencia, reclasificando el nivel de custodia de mínima a mediana.
Prescindiremos de los trámites ulteriores a los fines de lograr el más justo y eficiente despacho del recurso, de forma tal,
que no se impida impartir justicia apelativa a los ciudadanos. Todo ello en virtud de la Regla 53.11 de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. III R. 53.11 y la Regla 7(B)(5) de nuestro Reglamento promulgado al amparo de la Ley Núm. 201 de 22 de agosto de 2003, conocida como la Ley de la Judicatura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 2003, 2004 J.T.S. 112, a la pág. 1292.
Resolvemos con el beneficio del escrito del señor Torres Hernández, el derecho y la jurisprudencia aplicable.
Según se desprende del recurso, el señor Torres Hernández fue sentenciado a cumplir una pena de reclusión de veinte y dos y medio años (22 1/2 años) por dos (2) cargos de tentativa de asesinato y tentativa de robo.
El señor Torres Hernández ha cumplido aproximadamente nueve (9) años y nueve (9) meses de su sentencia, la que se extinguirá el 26 de julio de 2008. Adujo que se encontraba clasificado en custodia mínima hasta que fue reclasificado a un nivel de custodia mediana. Surge del escrito que el señor Torres Hernández se ha beneficiado de varios programas y realizaba labores en la Brigada de Ecuestre en el municipio de San Juan.
El 14 de junio de 2005, el señor Torres Hernández fue evaluado para una reclasificación de su custodia. El Comité de...
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