Ley Núm. 001 de 4 de Enero de 2006 de Enmienda Art. 5 de la Ley de la Policía

EventoLey
Fecha 4 de Enero de 2006

Ley Núm. 1 de 4 enero de 2006

(P. del S. 1173)

Para redesignar el segundo inciso (o) como inciso (p) y el inciso (p) como inciso (q) del Artículo 5 de la Ley Núm. 53 de 10 de junio de 1996, según enmendada, conocida como "Ley de la Policía de Puerto Rico de 1996", con el propósito de corregir los mismos.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley Núm. 53 de 13 de agosto de 2005, deroga la Ley Núm. 3 de 13 de marzo de 2001, conocida como "Oficina de Control de Drogas de Puerto Rico" y enmienda la Ley Núm. 53 de 10 de junio de 1996, según enmendada, conocida como "Ley de la Policía de Puerto Rico de 1996", con el propósito de añadirle un inciso (o) al Artículo 5 de dicha Ley y delegarle al Superintendente de la Policía las funciones inherentes a la seguridad pública que correspondían a

la Oficina de Control de Drogas.

La Ley Núm. 106 de 4 de mayo de 2004 y la Ley Núm. 242 de 2 de septiembre de 2004 habían adicionado ambas un inciso (o) al Artículo 5 de la referida Ley Núm. 53. Luego la

Ley Núm.137 de 4 de noviembre de 2005, aprobada posteriormente a la Ley Núm. 53 de 13 de agosto de 2005 corrige el error y redesigna el segundo inciso (o) como inciso (p) y enmienda éste último. Sin embargo, el texto del Artículo 5 expresa dos incisos (o) luego de aprobada la

Ley Núm. 53 de 13 de agosto de 2005.

Esta Asamblea Legislativa entiende necesario que se corrija el Artículo 5 de la Ley Núm. 53 de junio de 1996, conocida como "Ley de la Policía de Puerto Rico de 1996", con el propósito de aclarar las disposiciones de los incisos de dicho Artículo.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1

– Se redesigna el segundo inciso (o) como inciso (p) y el inciso (p) como inciso (q) del Artículo 5 de la Ley Núm. 53 de 10 de junio de 1996, según enmendada, para que se lea como sigue:

Artículo 5.-

Superintendente: facultades, atribuciones y deberes

...

(o) Negociará un acuerdo con los municipios con el propósito de asignar agentes del Cuerpo de la Policía Municipal para que, en coordinación con la Policía de Puerto Rico, presten vigilancia en los planteles escolares.

El costo por el reclutamiento de este personal municipal será subsidiado por el Estado.

(p) Como parte de sus funciones como custodio de la seguridad pública:

(1) Establecerá enlaces y mantendrá la coordinación entre las agencias de seguridad estatales, federales y...

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