Ley Núm. 114 de 17. Abril de 2003 de Enmienda Ley de Personal Público

EventoLey
Fecha17 de Abril de 2003

(P.del S.2021)

Ley Núm. 114 de 17 de abril de 2003

Para restituir el texto del inciso (3) de la Sección 4.3 de la Ley Núm. 5 de 14 de octubre de 1975, según enmendado, por la Ley Núm. 254 de 31 de agosto de 2000; y derogar la Ley Núm. 55 de 4 de enero de 2003.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Ante la constante evasión contributiva que aqueja a nuestro país y como método para aumentar los recaudos del Fondo General de Puerto Rico, se han adoptado diversas medidas para disminuir este problema. Entre éstas, la Asamblea Legislativa de Puerto Rico aprobó la Ley Núm. 254 de 31 de agosto de 2000, con el propósito de enmendar la Ley Núm. 5 de 14 de octubre de 1975, según enmendada, conocida como la "Ley de Personal Público", para añadir como requisito de reclutamiento y selección de los empleados públicos, la obligación de rendir la planilla de contribución sobre ingresos, si por ley estaba obligado a ello. Además, esta Ley dispuso, que se podrá separar de su puesto a un empleado cuando se determine que él incumplió con su deber de rendir la planilla de contribución sobre ingresos en el Departamento de Hacienda, en una o más ocasiones.

Posteriormente, se aprobó la Ley Núm. 55 de 4 de enero de 2003, con el fin de eximir de penalidad, de no poder ser nombrada, aquella persona que quiera ingresar como empleado público y haya cumplido con enviar su planilla de contribuciones sobre ingreso por correo no certificado, dentro de la fecha límite y que haya sido recibido por el Departamento de Hacienda dentro de los próximos dos (2) días siguientes a la fecha límite. En la Exposición de Motivos de la Ley Núm. 55, supra, se argumenta que el propósito de la Ley Núm. 254, supra, es penalizar a los solicitantes de empleo público que no hayan radicado la planilla de contribución sobre ingresos dentro del término establecido por ley, debido a que no se le permitirá ser nombrado al puesto. Conforme a esta premisa entendió la Asamblea Legislativa que es necesario legislar para evitar que se le niegue la oportunidad de trabajo a una persona que radica su planilla de contribuciones por correo y que debido al cúmulo enorme de correspondencia, la fecha de radicación en el Departamento de Hacienda es posterior a la establecida por ley.

Ahora bien, comprendemos que el objetivo para aprobar la Ley Núm. 55, supra, es encomiable, pues trata de evitar que las personas que se ven afectadas por la dilación en el...

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