Pueblo V. Ortiz Rodríguez 1975, 103 D.P.R. 369

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas398-398

Page 398

Evidencia Demostrativa y Científica.

Hechos: El apelante y dos sujetos más, portando ilegalmente armas de fuego, asaltaron un pequeño establecimiento comercial. Asesinaron a la esposa del dueño y a este lo hirieron de cuidado con una bala que le interesó el cuello, además de haberle propinado varios golpes en la cabeza.

Controversia: Si el tribunal erró al admitir en evidencia fotos de la occisa. Decisión del Tribunal Supremo: Confirma la sentencia que condena al acusado por los delitos de asesinato en primer grado, ataque para cometer asesinato e infracciones a los Arts. 8 y 6 de la Ley de Armas.

Fundamentos legales: El Tribunal cita su jurisprudencia para señalar que no parece haber duda de que el hecho del asesinato en sí influyó más en el jurado que las meras fotos. Se ha sostenido que son admisibles fotos para ilustrar hechos sobre los cuales se ha declarado, Pueblo v. Torres, 1953, 75 D.P.R. 231; para demostrar el número de heridas, Pueblo v. Pacheco Stevenson, 1961, 83 D.P.R. 842; para corroborar el testimonio de un testigo, Pueblo v. Rodríguez Colón, 1967, 95 D.P.R. 614; para probar cualquier cosa que sea pertinente sobre la cual un testigo puede dar una descripción oral, pues las fotos son una representación del estado de cosas que están en controversia, Pueblo...

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