Ley Núm. 310 de 15 de Septiembre de 2004 de Enmiendas de Día del Homenaje a la Vejez

EventoLey
Fecha15 de Septiembre de 2004

Ley Núm. 310 de 15 de septiembre de 2004

(P. del S. 1362)

Para enmendar el Título y las Secciones 1 y 2 de la Ley Núm. 24 de 27 de abril de 1933, según enmendada, la cual establece el "Día del Homenaje a la Vejez", a fin de sustituir el término "vejez" por el de "personas de edad avanzada", así como designar el 30 de abril de cada año para la celebración dispuesta en esta Ley; establecer que la Oficina para los Asuntos de la Vejez, el Departamento de Educación, el Departamento de Salud, el Programa de Gerontología de la Escuela Graduada de Salud Pública del Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico, y el Departamento de la Familia, entre otros organismos públicos y municipales, realizarán actividades encaminadas a cumplir con los propósitos de esta Ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Anciano, viejo, envejeciente, persona mayor de edad, entre otros, son términos que históricamente se han utilizado para referirse a toda aquella persona de sesenta (60) años o más. Sin embargo, jurídicamente hablando, en el Estado Libre Asociado dichos términos se han recogido en el de Persona de Edad Avanzada.

La Ley Núm. 331 de 2 de septiembre de 2000 enmendó la Ley Núm. 121 de 12 de julio de 1986, según enmendada, conocida como "Carta de Derechos de la Persona de Edad Avanzada", la Ley 100 de 30 de junio de 1959, según enmendada, la Ley Núm. 94 de 22 de junio de 1977, según enmendada, denominada como "Ley de Establecimientos para Personas de Edad Avanzada", la Ley Núm. 108 de 12 de julio de 1985, según enmendada, la Ley Núm. 171 de 30 de junio de 1968, según enmendada, la Ley Núm. 165 de 23 de agosto de 1996, según enmendada, denominada "Programa de Alquiler de Vivienda para Personas de Edad Avanzada con Ingresos Bajos", y la Ley Núm. 68 de 11 de julio de 1988, según enmendada, denominada "Ley de la Oficina para Asuntos de la Vejez", con el propósito de uniformar el término persona de edad avanzada, sustituyendo los términos envejecientes y ancianos.

Por otro lado, la Ley Núm. 24 de 27 de abril de 1933, declaró el tercer viernes del mes de abril como el "Día del Homenaje a la Vejez". Posteriormente, la Ley Núm. 24, supra, fue enmendada por la Ley Núm. 3 de 24 de abril de 1962, estableciendo que el "Día

del Homenaje a la Vejez" será el día del mes de abril de cada año que se fije por el Gobernador de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR