Administración de la Industria del Deporte Hípico
Índice
- Reglamento Supletorio para la jugada mecanizada de bancas. Derogada por el 766. Vigencia a la fecha firmado por el Gobernador.
- Reglamento adoptado por la Junta Hipica sobre el deporte hipico. (Partes III y IV derogadas por el Reglamento 1221) Anula el reglamento 0056. Anulado por el reglamento 4118. Vigencia al ser aprobado por el Gobernador.
- Enm. Reglamento Hipico, Reglamento 766: licencias, potreros, registro de caballos, carreras, apuestas de dupletas, practicas indeseables, drogas, disposiciones generales, penalidades. Anulado Regl. 1221-4118
- Reglamento del Registro Genealogico (Stud Book) de ejemplares de carreras. (Deroga las Secciones III y IV del Reglamento Hipico, Reglamento 766, enmendado por el Reglamento 929. Anulado por el reglamento 4118.
- Enmienda el Reglamento Hipico: establece que la Junta autorizara y asignara las carreras a celebrarse en los hipodromos de Puerto Rico y autoriza las carreras nocturnas. Anulado por el reglamento 4118
- Enmienda Reglamento Hipico: establece la jugada de exacta, el pool de la exacta, el pool neto de exacta y la carrera de exacta. Anulado por el reglamento 4118.
- Enmienda el Reglamento 766 que rige la jugada de "Sweepstakes": autorizacion, billetes, agentes vendedores, fondos y deducciones, premios y sorteos, pago de premios. Anulado por el reglamento 4118
- Enmienda el Reglamento 766, Reglas de "Sweepstakes": no se distribuira el premio mensual o de consolacion durante el mes calendario
- Enmienda las Reglas de Sweepstakes para eliminar el requisito de conseguir el nombre y la direccion del comprador del billete. Anulado 4118
- Enmienda el Reglamento Hipico: definiciones, medicamentos, apuestas, tipos de carreras, poderes administrativos, etc. Anulado 4118
- Enmienda el Reglamento Hipico: añade una seccion sobre la quiniela y enmienda la seccion sobre la exacta para añadir la exacta combinada. Anulado por el reglamento 4118
- Enmienda el Reglamento Hipico: la jugada en el "Pool" y la Banca; clasificacion de jinetes Clase A y B y la bonificacion de 7 libras para los jinetes Clase B. Anulado por el reglamento 4118
- Enmienda el Reg. Hipico, Num. 766, Sec. V, Carreras: no se permitira la inscripcion para participar en carreras de ningun ejemplar que no este registrado en el American Stud Book y en el Stud Book de P.R. Anulado por el reglamento 4118
- Enmienda el Reglamento 766: no se permitira la inscripcion para participar en carreras de ningun ejemplar que no este registrado en el Stud Book Americano y en el Stud Book de P.R. Anulado por el reglamento 4118
- Reglamerno Interno de Procedimientos Adjudicativos. Anulado por 8389
- Regl Hipico:establece el procedimiento de licencias, apuestas, carreras y practicas indeseables en el deporte hipico. Anula 1543-1579-2079-3048-3305-3325-3371-766-929-1221-1407-1465-1469.
- Enmienda el Reglamento 4118 sobre el Deporte Hipico: crea un fondo denominado "El Pote", el cual consistira del 2% del montante del pool que corresponda a las combinaciones agraciadas. Enmendado 6851. No incluido índice Ley 149 12-dic-2005
- Reglamento para regular los procedimientos adjudicativos de la Oficina:
- Enmienda el Reglamento Hípico (Reg. 4118): Enmendado por el reglamento 6220.
- Enmienda el Reglamento Hipico (Reg. 4118): crea una nueva Sección XX, Programa de Medicación Controlada.. Enmendado 6555. No incluido índice Ley 149 12-dic-2005
- Reglamento de Personal de Carrera: cubre composición del servicio, áreas esenciales al principio de mérito; reclutamiento y selección…ANULADO 7529
- Reglamento de Personal de Confianza: cubre composición del servicio, reinstalación de empleados, clasificación de puestos, reclutamiento y selección; ascensos, traslados y descensos… ANULADO 7538
- Enmienda el Reglamento Hípico (Reg. 5379): permite a los dueños de agencias hípicas operar un negocio secundario y complementario a la agencia…
- Enmiendas al Reglamento Hípico: Enmienda el Artículo 2108 del Reglamento Hípico: requiere de la empresa operadora proyectar al público… Enmienda el reglamento 4118 Enmienda el reglamento 5379
- Reglamento de Medicación Controlada.
- Enmienda al Reglamento Hípico, Sección X (Reglas para las Personas Autorizadas a ser Empleados y/o Conducir Negoscio en el área de establos del hipodromo el comandante.
- Enmienda al Reglamento Hípico Artículo 416
- Enmienda al Reglamento Hípico, Artículo 801 y 822
- Reglamento para la Utilización de Premios No Reclamados. Vigencia inmediata.
- Reglamento de Personal para el Servicio de Carrera. Vigencia 27 de julio de 2008.
- Reglamento de Establecimiento y Operación del Área de Lactancia. Vigencia 27 de julio de 2008.
- Reglamento para Implantar el Sistema de Turnos de Prioridad para Personas con Impedimentos o Mayores de Sesenta Años. Vigencia 27 de julio de 2008.
- Reglamento de Personal para el Servicio de Confianza. Vigencia 10 de agosto de 2008.
- Reglamento del Comité de Auditoria Interna. Radicado el 18 de noviembre de 2008, por la Administración de la Industria y el Deporte Hípico. Vigencia 30 días después de su presentación.
- Reglamento Hípico Sobre el Sistema de Vídeo Juego Electrónico.
- Reglamento de Premios no Reclamados
- Reglamento Procesal de la Junta Hipica de Puerto Rico. Anula el Reglamento 4117 de 1990. (Corregido el 11 de julio de 2014 por errores tipográficos)
- Reglamento del Área de Cuadras de la Administración de la Industria y el Deporte Hípico. Deroga Sección X Regl. 6850
- Reglamento de Medicación Controlada.El propósito de esta medida es cumplir con el mandato contenido en la Ley Hípica, supra, y reglamentar la industria hípica responsablemente, conforme las facultades y responsabilidades de la Junta Hípica dispuestas en dicha Ley.
- Reglamento del Simulcast de la Administración de la Industria y el Deporte Hípico. El propósito de esta medida es reglamentar la autorización de la transmisión de carreras por Simulcast, estableciendo los criterios o requisitos mínimos que deben cumplir la empresa operadora y los dueños de caballos para que les pueda ser autorizada dicha actividad, como complemento de las carreras locales de caballos purasangre de carrera que se celebran en vivo en nuestra Isla de Puerto Rico.
- Reglamento del Área de Cuadras de la Administración de la Industria y el Deporte Hípico
- Reglamento de Medicación Controlada. El propósito de esta medida es cumplir con el mandato contenido en la Ley Hípica, supra, y reglamentar la industria hípica responsablemente, conforme las facultades y responsabilidades de la Junta Hípica dispuestas en dicha Ley, así como de implementar el mandato contenido en la Ley Núm. 170 del 12 de agosto de 1988, conocida como la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU), en su Sec. 2.19, actualizando periódicamente los reglamentos con el fin de que sirvan su propósito legislativo y fomenten la política pública desarrollada por este Cuerpo sobre los asuntos hípicos.
- Reglamento del Fondo de Criadores de la Administracion de la Industria y el Deporte Hipico. El proposito de esta medida es cumplir con el mandato de Art. 6 (a) de la Ley Hipica, dupra, y de la Sec. 2.19 de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU), Ley Num. 170 del 12 de agosto de 1988, segun enmendada.
- REGLAMENTO PROCESAL DE LA JUNTA HIPICA DE PUERTO RICO. El proposito de esta medida es establecer las reglas procesales que habran de regir los procedimientos que se llevan a cabo ante la Junta Hipica.
- REGLAMENTO HIPICO SOBRE SISTEMA DE VIDEO JUEGO ELECTRONICO. El proposito de este Reglamento es establecer y mantener un Sistema de Video Juego Electronico mediante el cual las personas puedan participar en las modalidades de dicho juego unica y exclusivamente en los locales en que operan los agentes hipicos y/o cualquier otro lugar que permita la Ley Hipica, y cuyas jugadas son registradas en un sistema de computadoras central interactivo que registra las jugadas al momento en que las mismas se realizan.
- REGLAMENTO DE APUESTAS. El proposito de esta medida es cumplir con el mandato contenido en la Ley Hipica, supra, y reglamentar la industria hipica responsablemente, conforme las facultades y responsabilidades de la Junta Hipica dispuestas en dicha Ley, asi como de implementar el mandato contenido en la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU), Ley Num. 170 del 12 de agosto de 1988, en su Sec. 2.19, actualizando periodicamente los reglamentos de la agencia administrativa que encabeza la Junta Hipica, con el fin de que sirvan su proposito legislativo y fomenten la politica publica desarrollada por dicho Cuerpo sobre los asuntos hipicos.
- REGLAMENTO DE CARRERAS. El proposito de esta medida es cumplir con el mandato contenido en la Ley Hipica, supra, y reglamentar la industria hipica responsablemente, conforme las facultades y responsabilidades de la Junta Hipica dispuestas en dicha Ley, asi como de implementar el mandato contenido en la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU), Ley Num. 170 del 12 de agosto de 1988, en su Sec. 2.19, actualizando periodicamente los reglamentos de la agencia administrativa que encabeza la Junta Hipica, con el fin de que sirvan su proposito legislativo y fomenten la politica publica desarrollada por dicho Cuerpo sobre los asuntos hipicos.
- REGLAMENTO HIPICO PARTE GENERAL Y DE LICENCIAS. El proposito de esta medida es cumplir con el mandato contenido en la Ley Hipica, supra, y reglamentar la industria hipica responsablemente, conforme las facultades y responsabilidades de la Junta Hipica dispuestas en didha Ley, asi como de implementar el mandato contenido en la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU), Ley Num. 170 del 12 de agosto sw 1988, en su Sec. 2.19, actualizando periodicamente los reglamentos de la agencia administrativa que encabeza la Junta Hipica, con el fin de que sirvan su proposito legislativo y fomenten la politica publica desarrollada por dicho Cuerpo sobre los asuntos hipicos.
- REGLAMENTO DEL FONDO DE CRIANZA Y MEJORAMIENTO DE LA ADMINISTRACION DE LA INDUSTRIA Y EL DEPORTE HIPICO. El proposito de esta medida es cumplir con el mandato contenido en la Ley Hipica, supra, y reglamentar la industria hipica, conforme las facultades y las responsabilidades de la Junta Hipica dispuestas en dicha Ley.
- REGLAMENTO DEL FONDO DE CRIANZA Y MEJORAMIENTO DE LA ADMINISTRACION DE LA INDUSTRIA Y EL DEPORTE HIPICO. El proposito de esta medida es cumplir con el mandato contenido en la Ley Hipica, supra, y reglamentar la industria hipica, conforme las facultades y las responsabilidades de la Junta Hipica dispuestas en dicha Ley.