Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 31 de Octubre de 1977 - 106 D.P.R. 450

EmisorTribunal Supremo
DPR106 D.P.R. 450
Fecha de Resolución31 de Octubre de 1977

106 D.P.R. 450 (1977)IN RE DIAZ LAMOUTTE

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re LIC. CARLOS M. DIAZ LAMOUTTE, LIC. LIBERTADDIAZ ORTIZ

Núm. MC-77-30

106 D.P.R. 450

31 de octubre de 1977

INFORME radicado ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico por el Procurador General, Héctor A. Colón Cruz y el Subprocurador General, Roberto Armstrong, Jr., relacionado con la conducta profesional de los abogados Carlos M. Díaz Lamoutte y Libertad Díaz Ortiz. Se ordena a los abogados anteriormente relacionados que de los $14,000.00 que retuvieron como honorarios profesionales devuelvan a sus clientes la suma de $4,662.32 que les fue cobrada en exceso de lo acordado contractualmente.

APOSTILLA

  1. COMPENSACIÓNES A OBREROS--EFECTO DE LA LEY SOBRE OTROS DERECHOS DE ACCIÓN Y DEFENSAS CONFERIDOS POR ESTATUTO O POR EL DERECHO COMÚN--ACCIONES CONTRA TERCERAS PERSONAS POR LESIÓN O MUERTE DE EMPLEADO--DERECHO DEL PATRONO O ASEGURADOR AL REMEDIO DEL EMPLEADO O DEL QUE LO REPRESENTA--SUBROGACIÓN EN DERECHOS DEL OBRERO--HONORARIOS DE ABOGADO-- OBRERO LESIONADO--Deberán computarse los honorarios de abogado pactados entre un lesionado y su abogado a base de un por ciento de la suma obtenida por sentencia o a virtud de transacción judicial o extrajudicial en casos de daños y perjuicios por subrogación incoados por el Fondo del Seguro del Estado contra el causante del accidente (o su aseguradora) por los daños sufridos por el lesionado, no sobre la totalidad de la sentencia obtenida por el lesionado por sentencia o transacción, sino a base del exceso obtenido sobre la suma que por ley corresponde al Fondo.

  2. ABOGADO Y CLIENTE--COMPENSACIÓN Y DERECHO DE RETENCION DEL ABOGADO--HONORARIOS U OTRA REMUNERACION--CONTRATO SOBRE PAGO DE HONORARIOS--Un abogado, bajo las disposiciones del Canon 24 de los de Ética Profesional--el cual establece los criterios para fijar el valor de los honorarios profesionales tomando en consideración la cuantía envuelta en el litigio y los beneficios que ha de derivar el cliente de los servicios del abogado--tiene necesariamente, al inicio de la relación profesional, que reducir a escrito el acuerdo a que llegue con su cliente en cuanto a sus honorarios profesionales.

  3. ID.--ID.--ID.--ID--En la confección de un contrato de servicios profesionales, un abogado debe ser cuidadoso a los fines de no dar lugar a dudas o malas interpretaciones que luego causan fricción entre abogado y cliente.

  4. ID.--ID.--ID.--ID--Un abogado, en la confección de un...

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