Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 30 de Junio de 1998 - 146 DPR 6
Emisor | Tribunal Supremo |
DTS | 1998 DTS 088 |
TSPR | 98 TSPR 88 |
DPR | 146 DPR 6 |
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 1998 |
1998 DTS LABORATORIO CLÍNICO GUAYNABO V. DEPARTAMENTO DE SALUD 1998TSPR088
En el Tribunal Supremo de Puerto Rico
Laboratorio Clínico Guaynabo; Laboratorio Clínico del Pueblo,
Laboratorio Clínico Koper
Peticionarios
V.
Departamento de Salud del Estado Libre Asociado de PR,
Laboratorio Clínico Las Colinas
Recurridos
Certiorari
98 TSPR 88
Número del Caso: CC-97-754
146 DPR 6 (1998)
146 D.P.R. 6 (1998)
1998 JTS 87
Abogados Parte Demandante: Peticionaria: Lcdo.
Francisco M. Dolz Sánchez
Abogados Parte Demandada: Recurrida: Lcdo.
Sigfredo Rodríguez Isaac, Procurador General Auxiliar
Tribunal de Instancia: Departamento de Salud
Tribunal de circuito de Apelaciones: Circuito Regional de San Juan III
Juez Ponente: Panel integrado por su presidenta la juez Ramos Buonomo y los Jueces González Román y Córdova Arone
Fecha: 6/30/1998
Revisión Administrativa
PER CURIAM
San Juan, Puerto Rico a 30 de junio de 1998
Las recurrentes, Laboratorio Clínico Guaynabo, Laboratorio Clínico del Pueblo y Laboratorio Koper (en adelante los laboratorios opositores) recurren de la denegatoria del Tribunal de Circuito de Apelaciones a revisar la decisión de Hon. Secretaria de Salud concediendo un Certificado de Necesidad y Conveniencia a la recurrida, Laboratorio Clínico Las Colinas, para el establecimiento de un laboratorio clínico en Guaynabo. En su resolución el foro apelativo intermedio concluyó que el recurso solicitado incumplió con las disposiciones de la Ley de la Judicatura de 1994 y el Reglamento de dicho Tribunal que regulan el trámite de la presentación de escritos ante dicho foro. Por estimar que debemos confirmar la resolución impugnada sin necesidad de trámite adicional alguno, así lo hacemos al amparo de la Regla 50 de nuestro Reglamento.
I
El 28 de febrero de 1995 la Lcda. Nilsa Marrero, tecnóloga médica y su esposo, el Sr. Vicente Perocier, presentaron ante el Departamento de Salud una solicitud para obtener de Certificado de Necesidad y Conveniencia (C.N.C.) para establecer un laboratorio clínico, a llamarse Laboratorio Clínico Las Colinas, en la calle Parque de los Niños, Carretera #20, k.m. 5.2 en el Municipio de Guaynabo. Tras el cumplimiento de los trámites de rigor y adoptando la recomendación del Oficial Examinador, la Secretaria de Salud otorgó la C.N.C. solicitado mediante resolución emitida y notificada el 17 de abril de 1997.
Oportunamente, el 7 de mayo de 1997, los opositores en el trámite administrativo, los Laboratorios Clínicos Guaynabo, del Pueblo y Koper, presentaron una solicitud de reconsideración, la cual se entendió rechazada de plano toda vez que transcurrió el término de quince (15) días desde su presentación sin que el Departamento se expresara sobre la misma.1 A partir de la expiración de dicho término, 22 de mayo de 1997, comenzó a decursar el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Sentencia de Tribunal Apelativo de 14 de Junio de 2018, número de resolución KLAN201800151
...planteada y cuál es el procedimiento aplicable bajo las leyes y reglamentos invocados. Véase, Lab. Clínico Guaynabo v Depto. de Salud, 146 DPR 6 (1998). En otras palabras, es preciso determinar si el Tribunal de Primera Instancia, donde el apelante presentó el recurso de revisión judicial a......
-
Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Noviembre de 2013, número de resolución KLRA201300939
...final de la agencia. Flores Concepción v. Taíno Motors, 168 DPR 504, a la pág. 519 (2006); Lab. Clínico Guaynabo v. Depto. De Salud, 146 DPR 6, a las págs. 11-13 (1998); Méndez v. Corp. Quintas San Luis, 127 DPR 635, a la pág. 637 La Parte VII del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, 4 L......
-
Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Mayo de 2005, número de resolución KLRA0500244
...Hosp. Dr. Domínguez v. Ryder Memorial, 161 D.P.R. ___ (2004), 2004 J.T.S. 44, a la pág. 759; Lab. Clínico Guaynabo v. Depto. de Salud, 146 D.P.R. 6, 12 (1998); Martínez v. Depto. del Trabajo, 145 D.P.R. 588, 592 Este es un término jurisdiccional e improrrogable. Rodríguez et al. v. A.R.Pe.,......
-
Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Febrero de 2013, número de resolución KLRA201300145
...final de la agencia. Flores Concepción v. Taíno Motors, 168 DPR 504, a la pág. 519 (2006); Lab. Clínico Guaynabo v. Depto. De Salud, 146 DPR 6, a las págs. 11-13 (1998); Méndez v. Corp. Quintas San Luis, 127 DPR 635, a la pág. 637 La Parte VII del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, sup......
-
Sentencia de Tribunal Apelativo de 14 de Junio de 2018, número de resolución KLAN201800151
...planteada y cuál es el procedimiento aplicable bajo las leyes y reglamentos invocados. Véase, Lab. Clínico Guaynabo v Depto. de Salud, 146 DPR 6 (1998). En otras palabras, es preciso determinar si el Tribunal de Primera Instancia, donde el apelante presentó el recurso de revisión judicial a......
-
Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Noviembre de 2013, número de resolución KLRA201300939
...final de la agencia. Flores Concepción v. Taíno Motors, 168 DPR 504, a la pág. 519 (2006); Lab. Clínico Guaynabo v. Depto. De Salud, 146 DPR 6, a las págs. 11-13 (1998); Méndez v. Corp. Quintas San Luis, 127 DPR 635, a la pág. 637 La Parte VII del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, 4 L......
-
Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Mayo de 2005, número de resolución KLRA0500244
...Hosp. Dr. Domínguez v. Ryder Memorial, 161 D.P.R. ___ (2004), 2004 J.T.S. 44, a la pág. 759; Lab. Clínico Guaynabo v. Depto. de Salud, 146 D.P.R. 6, 12 (1998); Martínez v. Depto. del Trabajo, 145 D.P.R. 588, 592 Este es un término jurisdiccional e improrrogable. Rodríguez et al. v. A.R.Pe.,......
-
Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Febrero de 2013, número de resolución KLRA201300145
...final de la agencia. Flores Concepción v. Taíno Motors, 168 DPR 504, a la pág. 519 (2006); Lab. Clínico Guaynabo v. Depto. De Salud, 146 DPR 6, a las págs. 11-13 (1998); Méndez v. Corp. Quintas San Luis, 127 DPR 635, a la pág. 637 La Parte VII del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, sup......