Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 5 de Febrero de 2004 - 161 DPR 269
Emisor | Tribunal Supremo |
Número del caso | CC-2000-751 |
TSPR | 2004 TSPR 018 |
DPR | 161 DPR 269 |
Fecha de Resolución | 5 de Febrero de 2004 |
Certiorari
2004 TSPR 18
161 DPR 269 (2004)
161 D.P.R. 269 (2004)
2004 JTS 26
Número del Caso: CC-2000-751
Fecha: 5 de febrero de 2004
Tribunal de Circuito de Apelaciones: Circuito Regional II
Juez Ponente: Hon. Charles A. Cordero Peña
Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. Arturo Luciano Delgado
Abogadas de la Parte Recurrida: Lcda.
Carmen I. Muñoz Noya
Lcda. Karen M. Ocasio Cabrera
Derecho Laboral, Despido Injustificado, Discrimen por Razón de Edad y Daños y Perjuicios
San Juan, Puerto Rico a 5 de febrero de 2004
Molinos de Puerto Rico (en adelante Molinos) es una empresa organizada bajo las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, dedicada a la producción de harinas para el consumo humano y de alimento para animales, cuya compañía matriz es ConAgra, Inc. (en adelante ConAgra). Según surge de autos, Molinos es el principal fabricante en Puerto Rico de los productos mencionados.
A principios de la década de 1990, ConAgra decidió reestructurar las operaciones de Molinos ante un cuadro de descenso en las ventas. A tales efectos ConAgra contrató al Sr. Fred Lange para que llevara a cabo un estudio sobre la situación de la empresa. De acuerdo con el estudio, Molinos contaba con más empleados de los necesarios -situación que repercutía en un alto número de empleados gerenciales-, un convenio colectivo de difícil implantación, un deterioro general de la planta física y un considerable atraso en la implantación de proyectos capitales.
Molinos nombró al señor Lange como gerente general para que iniciara un proceso de reorganización conducente a aumentar la competitividad de la empresa. Dicho proceso comenzó en octubre de 1993 con la eliminación del tercer turno de producción de alimento, segundo turno de despacho de almacén y tercer turno de mantenimiento. Los anteriores cambios tuvieron como consecuencia la eliminación de seis (6) posiciones de empleados administrativos, ocho (8) de empleados unionados y once (11) de empleados temporeros, para un total de treinta y cinco (35) despidos. El proceso de reorganización continuó a pesar de que el 1 de enero de 1994 el personal unionado de Molinos se fue a la huelga. Otra de las medidas tomadas como parte de la reorganización fue la eliminación de cuarenta (40) posiciones administrativas el 14 de enero de 1994. Entre dichas posiciones se encontraban las de los aquí peticionarios, cuyas circunstancias se exponen a continuación.
El Sr. Félix Durieux Sepúlveda trabajó con la empresa recurrida desde mayo de 1973 ocupando la posición de supervisor de mantenimiento. Al tiempo de su despido tenía cincuenta y dos (52) años. El Sr. Luis Colón Calcador se desempeñó como mecánico industrial en Molinos desde 1959. Posteriormente fue promovido a supervisor de...
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