Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 41 D.P.R. 776
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 41 D.P.R. 776 |
No.: 827, -Sometido: Diciembre 22, 1930, Resuelto: Enero 30, 1931.
Nota de Luis Capó Matres, R. (San Germán), denegando inscripción de una
escritura de compraventa e hipoteca, otorgada por el tutor de una incapaz y
de otras personas menores de edad, en cuanto a la hipoteca constituída a
nombre de la incapaz. Confirmada.
E. Huertas Zayas, abogado del recurrente; el registrador recurrido
compareció por escrito.
El Juez Presidente Señor del Toro, emitió
la opinión del tribunal.
Presentada en el Registro de la Propiedad de San Germán cierta escritura de
compraventa e hipoteca otorgada por el tutor de una persona incapaz por
razón de demencia y de otras personas menores de edad, el registrador la
inscribió totalmente en cuanto a la compraventa y sólo en lo que respectaba
a los menores en cuanto a la hipoteca. Fundó su negativa así:
"Primero: Porque la certificación librada por el Secretario de la Corte de
Distrito del Distrito Judicial de Ponce de fecha once de julio del corriente
año y que se marca con la letra `A' y la cual se acompaña como documento
complementario a la predicha escritura, en esa certificación se inserta
entre otras cosas, o sea el nombramiento de tutor para Inés Mercado Torres
recaído en la persona de Nicolás García Torres en cuyo carácter comparece en
la mencionada escritura, sin que en la precitada resolución ni por ningún
otro documento se haya justificado ni se justifique que para llevar a efecto
el nombramiento de tutor para la susodicha Inés Mercado, haya precedido su
declaración de incapacidad, requisito éste de suma importancia e
indispensable, a los fines de la ley, según lo determina la sección segunda
del capítulo III, Título X, Libro I del vigente Código Civil.
Segundo: Porque si bien se hace constar en la certificación supradicha y
en su parte dispositiva que se nombra tutor de la indicada Inés Mercado a
Nicolás García Torres por estar aquélla incapacitada, este extremo de la
incapacidad para que surta todos los efectos legales por imperio de la ley,
es necesario que por la Honorable Corte, se hubiese declarado expresamente
la incapacidad de la Mercado en y por el procedimiento a que se alude el
precepto legal antes indicado; de acuerdo con las disposiciones de la ley
sobre la materia, D.P.R. tomo 30, página 758...
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La capacidad de obrar y sus restricciones
...alegado incapaz es menor de edad o carece de la capacidad de obrar necesaria para comparecer en juicio. 93 García V. Registrador , 1931, 41 DPR 776. 94 Tischer V. Tischer , 1942, 42 DPR 118. Código Civil –LIBRO PRIMERO– Las Relaciones Jurídicas 88 Comentario : El Art. 111 procede del Art. 1......
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La tutela
...debido a las causas que se describen en este Código. 102 Rivera v. Sucn. Luzunaris, 1949, 70 DPR 181. García v. Registrador , 1931, 41 DPR 776. 97 Código Civil –LIBRO PRIMERO– Las Relaciones Jurídicas 98 Comentario : El Art. 123 proviene del Art. 185 del Código Civil de 1930. Este Artículo,......
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D. Dación en Pago-Duplicado
...tramitar ambas cuestiones; primero, la declaración de incapacidad y segundo, el nombramiento de tutor. García V. Registrador, 1931, 41 D.P.R. 776. De todas las formas en que se pida la declaración de incapacidad, hay que notificar al presunto inca-paz, para que este pueda defenderse, (compa......
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Lección 3: La incapacitación y la institución de la tutela
...Aires: Astrea, 1989)791. [79] 31 L.P.R.A. §662. [80] Rivera v. Sucn. Luzunaris, 1949, 70 D.P.R. 181. [81] García v. Registrador, 1931, 41 D.P.R. 776. [82] 31L.P.R.A. [83] Art. 182(31 L.P.P.A. §705). [84] 1942, 42D.P.R. 118. [85] García v. Registrador, supra. [86] Tyrell v. Saurí, 1951, 72 D......
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