Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 42 D.P.R. 978
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 42 D.P.R. 978 |
42 D.P.R. 978 (1931) GARCÍA V.
PALATINE INSURANCE CO.
No.: 5903, -Sometido: Diciembre 21, 1931, Resuelto: Diciembre 24, 1931.
Moción sobre desestimación de apelación. Desestimado el recurso. Pellón & Ayuso, abogados del apelante; J. Henri Brown, C. Ruiz Nazario y G. González, abogados de la apelada.
El Juez Asociado Señor Wolf, emitió la opinión del tribunal.
El fundamento principal de la moción para desestimar este caso es que el
apelante dejó de obtener determinada prórroga para radicar la transcripción
de la evidencia. La certificación del secretario de la corte de distrito
demuestra que, después de haber obtenido prórrogas anteriores, el taquígrafo
de la corte de distrito solicitó y obtuvo en mayo 26, 1931, una prórroga de
treinta días. Toda vez que el mes de mayo tiene 31 días, esa prórroga
venció
el 25 de junio, 1931. El 26 de junio el taquígrafo pidió otra
prórroga, que fué concedida, y así sucesivamente.
Aunque la diferencia es de sólo un día, sin embargo, a tenor de las
reiteradas decisiones de este tribunal, la Corte de Distrito de San Juan
carecía de facultad para conceder una prórroga como tal por haber vencido el
término anterior. Belaval v. Córdova, 21 D.P.R. 538; Durán Gallardo v.
Coll, 35 D.P.R. 113; Claudio v. Ortiz, 29 D.P.R. 443.
No importa que algunas de las prórrogas obtenidas lo fueran dentro del
término concedido. Si la corte simplemente firmó "como se pide", esta
incertidumbre, bajo el caso de Belaval v. Córdova, supra, no podría ayudar
al apelante, y el término en realidad se hace preciso acudiendo a la
solicitud del taquígrafo.
No se trató en este caso de invocar el artículo 140 del Código de
Enjuiciamiento Civil, ya en la corte inferior o en este tribunal. La
prórroga concedida el 26 de junio no lo fué en sentido alguno en ejercicio
de facultades discrecionales. En Mercado et al v. Sucn. Ferreiro, 26 D.P.R.
492 y otros casos, esta corte ha resuelto que el taquígrafo es un agente del
apelante para la obtención de prórrogas, pero no es tal agente para el logro
de un nuevo término. Aun si la corte...
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 18 de Marzo de 1925 - 56 D.P.R. 31
...conceder en estos casos nuevos términos, y que tal autoridad corresponde a esta Corte Suprema." En García v. Palatine Ins. Co., Ltd., 42 D.P.R. 978, 979, dijimos: "... Aun si la corte inferior tenía discreción al amparo del artículo 140 del Código de Enjuiciamiento Civil--y este tribunal ha......
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 43 D.P.R. 64
...cuando ya había vencido el término anterior. Resolvimos, en efecto, que la corte carecía de poder o autoridad para conceder tal prórroga. 42 D.P.R. 978. El apelante radicó moción de reconsideración y pidió que le concediéramos nuevo término. La moción fué denegada en lo atinente al nuevo té......
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