Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 14 de Diciembre de 1945 - 65 D.P.R. 489

EmisorTribunal Supremo
DPR65 D.P.R. 489
Fecha de Resolución14 de Diciembre de 1945
65 D.P.R. 489 (1945) BENET COLÓN V. REGISTRADOR
TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO JOSÉ BENET COLON, recurrente,
v.
EL REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD DE SAN JUAN, SECCIÓN SEGUNDA, recurrido. Núm. 1172 65 D.P.R. 489 (1945) 14 de diciembre de 1945 NOTA de J. López del Valle, R. (San Juan, Sección Primera), negándose a cancelar una mención de servidumbre de paso consignada al inscribirse una escritura de segregación, compraventa y agrupación de finca. Revocada la nota recurrida, ordenándose la inscripción del título libre de cargas. SERVIDUMBRES -- CREACIÓN, EXISTENCIA Y TERMINACIÓN -- SERVIDUMBRES REALES O PREDIALES -- DE PASI -- EN GENERAL. -- Un informe aprobado por la Junta de Planificación autorizando unas lotificaciones en el que conste que un Plano Regulador de Vías Públicas por ella adoptado incluye una vis que se proyecta pasar por la sección en que radican los solares objeto de esas lotificaciones, no constituye título alguno de servidumbre de paso ni tiene el efecto de crear un derecho de servidumbre que pueda ser objeto de mención alguna en el registro al inscribirse las lotificaciones en cuestión. ID. -- ID. -- ADQUISICIÓN MEDIANTE TÍTULO. -- A partir de la vigencia del Código Civil, las servidumbres de paso solo pueden adquirirse a virtud de título. ID. -- ID. -- SERVIDUMBRES REALES O PREDIALIES -- DE PASO -- EN GENERAL. -- Cuando no consta que se haya constituido derecho alguno de servidumbre de paso sobre solares que han sido objeto de unas lotificaciones, el registrador no puede hacer mención alguna de ese derecho al inscribir las lotificaciones en cuestión. RECORD -- FORMA Y REQUISITOS DE LAS INSCRIPCIONES -- NATURALEZA, EXTENSIÓN, CONDICIONES Y CARGAS DEL DERECHO A INSCRIBIR -- CONDICIONES Y CARGAS. -- Un informe aprobado por la Junta de Planificación autorizando unas lotificaciones en el que conste que un Plano Regulador de Vías Públicas por ella adoptado incluye una vía que se proyecta pasar por la sección en que radican los solares objeto de la lotificación, no constituye una de las "condiciones" a que se refiere el artículo 9 de la Ley Hipotecaria cuando no consta que se haya constituido derecho alguno de servidumbre sobre los solares en cuestión. José Benet Colon, pro se; el registrador recurrido compareció por escrito. EL JUEZ ASOCIADO SEÑOR TODD, JR., emitió la opinión del tribunal. [P490]José Benet Colón, dueño de un solar en Hato Rey, compró una parte de otro solar colindante a don Ignacio Delgado y lo agrupo para formar una sola finca. Con el fin de inscribir la segregación y agrupación los Sres. Delgado y Benet acudieron a la Junta de Planificación solicitando el permiso correspondiente para poder inscribir. La Junta aprobó el Informe L-55 titulado "Aprobación de mera segregación en la Carretera Militar entre Hato Rey y Río Piedras" de febrero 23 del año 1945 y que, en lo pertinente, dice así: [P491] "Tratándose de el mejoramiento de la conformación de un solar, sin perjudicar el área ni la conformación del solar de que se hace la segregación, le es aplicable a este caso las disposiciones del artículo 13 del Reglamento de Lotificación, según enmendado. "Esta Junta no quiere dejar de informar que el Plano Regulador de Vías públicas Principales para el Área Metropolitana de San Juan ya adoptado por esta Junta, incluye una vía llamada en dicho documento, Carretera Express, Ramal Sur, y que se proyecta por la sección en que radican los solares objeto de esta lotificación. Aún cuando hasta esta fecha no se ha levantado el plano que localiza en forma precisa la servidumbre de paso que será necesaria para dicha vía, esta Junta recomienda que antes de levantarse construcción alguna en los primeros 26 metros de estos solares, o sea entre la actual carretera militar y el fondo de dichos predios, se consulten los estudios o planos sobre el particular. "A virtud de lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento de Lotificación, según enmendado, por la...

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