Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 26 de Noviembre de 1948 - 69 D.P.R. 382

EmisorTribunal Supremo
DPR69 D.P.R. 382
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 1948

69 D.P.R. 382 (1948)

PUEBLO V. VARGAS WISCOVICH

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

El Pueblo de Puerto Rico, demandante y apelado

vs.

Osvaldo Vargas Wiscovich, acusado y apelante

Núm. 13385

69 D.P.R. 382

26 de noviembre de 1948

Sentencia y Resolución de R. Ramírez Pabón, J. (mayagüez), condenando al acusado por delito de Violación y denegando un nuevo juicio, respectivamente. Dejada sin efecto la sentencia, se revoca la resolución denegatoria de nuevo juicio y se devuelve el caso.

  1. Evidencia--Documental--Producción, Autenticación y Efecto--Su Efecto en General--Certificaciones de los Registros Parroquiales--Partidas de Bautismo.--Una partida de bautismo tan sólo hace fe del hecho que motiva su otorgamiento, esto es, la administración del bautismo y la fecha de éste.

  2. Id.--Id.--Id.--Id.--Certificaciones del Registro Civil o Demográfico Actas de Nacimiento.--La certificación del Registro Demográfico en relación con el nacimiento de una persona constituye prueba de dicho hecho, no pudiendo ser la misma impugnada por una partida de bautismo.

  3. Registros Civiles--Posteriores al Año 1885--Libros y Asientos de los Registros--Validez o Nulidad de Asientos o Inscripciones.--Dentro de un proceso criminal no puede dilucidarse la validez o nulidad de una de dos inscripciones de nacimiento contradictorias existentes en el Registro Demográfico.

  4. Id.--Rectificación de las Actas del Registro--Preceptos Estatutarios.--El artículo 31 de la Ley de Registro Demográfico núm. 24 de 1931 (pág. 229) es aplicable a la segunda de dos inscripciones de un nacimiento hechas en dicho Registro en tanto en cuanto la misma constituye una enmienda, no autorizada judicialmente, de la primera en cuanto a la fecha del nacimiento en cuestión.

  5. Violación--Proceso y Castigo--Juicio y Revisión--Nuevo Juicio--Motivos o Fundamentos--Prueba Nuevamente Descubierta.-- En proceso por violación técnica, un nuevo juicio basado en el descubrimiento de nuevas pruebas--una certificación de nacimiento de la perjudicada posterior a otra presentada en el juicio que, de ser correcta la información que contiene, no daría base para dicho proceso--no debe ser denegada sin antes concederso al acusado la oportunidad de obtener, en un procedimiento independiente, ante la corte correspondiente, después de ésta conocer toda la prueba respecto a esa segunda inscripción, que se ordene, si procede, la enmienda correspondiente en la primera inscripción, especialmente si las circunstancias concurrentes en cuanto a la fecha de ese nacimiento son tales que así lo ameritan, con mayor razón si el asunto puede ventilarse en la misma corte de distrito en que se ventila el proceso por violación.

José Rafael Gelpí, abogado del apelante.

Hon. Procurador General Luis Negrón Fernández,

y J. Rivera Barreras, Fiscal del Tribunal Supremo, abogados de El Pueblo, apelado.

OPINIÓN EMITIDA POR EL HON. JUEZ TODD

[P383]

Se trata de un caso de violación técnica. El acusado fué declarado culpable por un jurado, solicitó un nuevo juicio que le fué denegado, siendo sentenciado a cumplir una pena indeterminada de cinco a nueve años de presidio. Apeló y en este recurso alega que la corte inferior erró al negarse a admitir como prueba del acusado la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 temas prácticos
3 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR