Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 13 de Junio de 1950 - 71 D.P.R. 537

EmisorTribunal Supremo
DPR71 D.P.R. 537
Fecha de Resolución13 de Junio de 1950

71 D.P.R. 537 (1950)

MALDONADO SANTAELLA V. CORTE DE DISTRITO

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Alvaro Maldonado Santaella, peticionario

vs.

Corte de Distrito de Ponce, Hon. Angel M. Umpierre, Juez en Comisión, demandada;

El Pueblo de Puerto Rico, interventor

Núm. 1826

71 D.P.R. 537

13 de junio de 1950

Certiorari para revisar Resolución de Angel M. Umpierre, J. en Comisión (Ponce), ordenando el traslado de la causa. Dejada sin efecto la resolución recurrida y devuelto el caso.

1. Derecho Penal--Lugar del Juicio ( Venue)--Cambio del Lugar del Juicio--De la Solicitud o Moción de Traslado--Requisitos y Suficiencia de la Misma.--El dejar la moción de traslado de aducir hechos suficientes para justificar el traslado es un defecto que puede quedar subsanado por las declaraciones juradas que la acompañan y por la prueba testifical aducida durante la vista de la misma.

2.

Id.--Id.--Sitio Donde Debe Instarse el Proceso--Según el Sitio o Lugar en que se Comete el Acto Delictivo.--De ordinario un acusado debe ser juzgado en el distrito donde se alega cometió el delito.

3.

Id.--Id.--Cambio del Lugar del Juicio--De la Solicitud o Moción de Traslado--Affidavits En Apoyo de la Misma y otras Pruebas--En General.--Como la presunción es que no existe prejuicio alguno contra ninguna de las partes en un proceso criminal en el sitio en que se cometió el delito, la parte que solicite el traslado fundado en prejuicio local tiene el peso de la prueba para justificarle a la corte que el mismo es necesario.

4.

Id.--Id.--Id.--Id.--Id.--Peso ( Weight) y Efecto de Contra affidavits o de otra Evidencia La evidencia en cuanto a un prejuicio local debe consistir en hechos específicos y no de meras creencias, opiniones o conclusiones.

5.

Id.--Id.--Id.--Id.--Id.--Id.--Manifestaciones de los deponentes en la vista de una moción de traslado por prejuicio local de que sería imposible, díficil o no fácil para El Pueblo obtener un veredicto de culpabilidad, en tanto constituyen generalidades y meras opiniones, no pueden aceptarse como concluyentes para basar en ellas el traslado, especialmente si no hay hechos específicos sobre los cuales los deponentes basan su opinión.

6.

Id.--Id.--Id.--Id.--Id.--Id.--La supuesta buena reputación del acusado y de su padre, y la estimación de que gozan en la comunidad, no constituyen hechos suficientes para poder basar una opinión de que no puede obtenerse un juicio justo e imparcial en el distrito donde se alega se cometió el delito.

7.

Id.--Id.--Id.--Id.--Id.--Id.--En ausencia de prueba específica de la amistad o relaciones del acusado con los 300 jurados que actuaban en la corte de distrito del distrito donde se cometió el delito a la fecha de una moción de traslado fundado en prejuicio local, una vaga alegación de que varios jurados lo conocían y eran amigos suyos no es prueba suficiente de que para entonces no podía obtenerse un jurado que le brindara al Pueblo un juicio justo e imparcial.

8.

Id.--Id.--Id.--Id.--Id.--Id.--La afirmación de muchos deponentes, en la vista de una moción de traslado por prejuicio local, de que de ser llamados como jurados buscarían la forma de ser excusados con motivo de su amistad con el padre del acusado, no constituye prueba de la imposibilidad de obtener en el distrito otros jurados que no tuvieran tal amistad con el acusado o el padre de éste.

9.

Id.--Id.--Id.--Razones o Motivos para Solicitarlo y Obtenerlo--Prejuicio Local--En General.--El hecho de haberse constituído un jurado en dos juicios anteriores sin dificultad alguna es una consideración importante al determinar la procedencia de un traslado fundado en prejuicio local.

10.

Id.--Id.--Id.--Id.--Id.--Id.--El que dos jurados no pudieron ponerse de acuerdo en dos juicios anteriores no constituye, de por sí, motivo suficiente para decretar un traslado por prejuicio local.

11.

Id.--Id.--Id.--Id.--Id.--Id.--La notoriedad de un caso no es de por sí suficiente causa para un traslado por prejuicio local. La cuestión a determinar es si, no empece esa notoriedad, pueden encontrarse jurados que rindan un veredicto justo e imparcial.

12.

Id.--Id.--Id.--Discreción del Tribunal para Decretarlo.--Una moción de traslado se dirige a la discreción de la corte sentenciadora. Esa discreción, sin embargo, no es ilimitada.

13.

Id.--Id.--Id.--Id.--Una corte de distrito abusa de su discreción al conceder un traslado por prejuicio local cuando en los autos no hay evidencia alguna de naturaleza específica y detallada sobre la cual pueda ella razonablemente haber basado su resolución declarando con lugar el traslado.

14.

Id.--Id.--Id.--Razones o Motivos para Solicitarlo y Obtenerlo--Prejuicio Local--En General.--Nuestra ley no autoriza el traslado basado únicamente en la reputación del acusado en el sitio en que se alega fué cometido el delito. Mientras la ley permanezca así, las cortes carecen de autoridad para decretar traslados en tales casos. Debe...

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