Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 5 de Septiembre de 1956 - 79 D.P.R. 630

EmisorTribunal Supremo
DPR79 D.P.R. 630
Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 1956

79 D.P.R. 630 (1956) TORO RODRÍGUEZ V. MOJICA RODRÍGUEZ

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

PEDRO TORO RODRÍGUEZ, DEMANDANTE Y APELADO

VS.

ARQUÍMIDES MOJICA RODRÍGUEZ, DEMANDADO Y APELANTE.

EL MISMO, DEMANDANTE Y APELADO

V.

EMETERIO MOJICA VALENTÍN Y SU ESPOSA MARÍA CRISTINA RODRÍGUEZ

DE MOJICA, DEMANDADOS Y APELANTES

Núms. 11508, 11509

79 D.P.R. 630

5 de septiembre de 1956

Sentencia de Frank Vizcarrondo Vivas, J. (Mayagüez ), declarando con lugar demandas de accesión. Confirmada.

  1. Arrendador y Arrendatario--Arrendamientos de Año en Año y de Mes a Mes--Terminación del Arrendamiento--Notificación al Arrendatario para Terminar el Arrendamiento--En el arrendamiento de mes a mes, cualquiera de las partes puede darlo por terminado, sin necesidad de requerimiento especial.

  2. Apelación--Revisión--Cuestiones de Hecho y Conclusiones--Apreciación de las Pruebas--Conclusiones Sobre las Mismas--Las determinaciones de hecho del tribunal a quo, basadas en testimonio oral presentado en el juicio, no se dejarán sin efecto en apelación si en los autos no hay nada que lo justifique.

  3. Accesión--Respecto a Bienes Inmuebles--Acción de Accesión--Partes--Demandadas--El derecho de accesión puede ejercitarse cuando un edificante de buena fe construye en solar dádole en arrendamiento, al terminar por cualquier causa el arrendamiento en cuestión.

  4. Id.--Id.--Edificantes en Suelo Ajeno--En General--Es un edificante de buena fe el arrendatario de un solar que procede a edificar en dicho solar arrendado con permiso del dueño del mismo.

  5. Id.--Id.--Acción de Accesión--Indemnización en General--Factores o Elementos de Valoración--El dueño de un solar arrendado sobre el cual el arrendatario ha edificado con permiso de aquél, al ejercitar su derecho de accesión respecto a lo así edificado, tiene la opción de abonar los gastos necesarios y útiles hechos por el arrendatario-costo de los materiales y de la mano de obra utilizados para construir la edificación (sin depreciación) según la situación prevaleciente al hacerse dicha edificación-o el aumento de valor que por dichos gastos haya adquirido el solar.

  6. Id.--Id.--Id.--En General--Propósito de la Acción--La demanda de accesión tiene dualidad de propósitos: obtener el título de dominio sobre el inmueble y adquirir la posesión mediante el desalojo del anterior dueño.

  7. Id.--Id.--Id.--Desalojo de la Propiedad--La Ley de Alquileres Razonables no tiene aplicación alguna a una acción de accesión en la cual no se pide, ni la sentencia ordena, el desahucio o desalojo del dueño o inquilino del inmueble objeto de la acción, esto es, en la cual se ventila y resuelve únicamente la cuestión relativa al título de dominio sobre el inmueble en cuestión.

  8. Id.--Id.--Id.--Partes--Demandantes--El dueño de un solar arrendado puede denegar la prórroga del contrato de arrendamiento para así obtener la resolución del mismo con el único fin de reclamar el título de dominio por accesión a una edificación construída con su consentimiento por el arrendatario sobre el solar en cuestión.

  9. Id.--Id.--Id.--Cuestiones a Considerar y Resolver--Denegada prórroga del arrendamiento de un solar al único fin...

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