Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 28 de Enero de 1969 - 96 D.P.R. 848

EmisorTribunal Supremo
DPR96 D.P.R. 848
Fecha de Resolución28 de Enero de 1969

96 D.P.R. 848(1969) CAGUAS LUMBER YARD, INC. V.

TRIBUNAL SUPERIOR

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

CAGUAS LUMBER YARD, INC., ET AL., peticionarias

vs.

TRIBUNAL SUPERIOR DE PUERTO RICO, SALA DE CAGUAS,

HON. J.

  1. SANTIAGO MATOS, JUEZ, demandado;

    JUAN CARRASQUILLO ECHEVARRIA y OTROS, interventores

    Núm. O-68-100

    96 D.P.R. 848

    28 de enero de 1969

    ORDEN de J.

  2. Santiago Matos, J. (Caguas) ordenando "a la demandada [en una reclamación de salarios] permita a los demandantes inspeccionar sus nóminas y récords para determinar e informarle a la demandada cuáles de sus obreros están en la misma o análoga situación factual y legal a la de los demás demandantes.

    . . sin que sea necesaria ninguna enmienda a la demanda original, a los fines de incluir dichos obreros adicionales." Anulada, y se devolverá el caso para ulteriores procedimientos.

    1.

    REGLAS DE PROCEDIMIENTO CIVIL--DE LAS PARTES--DE LOS PLEITOS QUE AFECTEN A UNA CLASE--REPRESENTACIÓN--Los tres tipos de acciones de clase creados bajo los incisos (a), (b) y (c) de la Regla 20.1 de las de Procedimiento Civil se hacen depender de las relaciones jurídicas que existan entre los miembros de una misma clase.

    2.

    PALABRAS Y FRASES-- La Verdadera Acción o Pleito de Clase.--Denomínase laverdadera acción o pleito de clase aquella acción autorizada por la letra (a) de la Regla 20.1 de las de Procedimiento Civil; la autorizada por la letra (b) se denomina acción de clase híbrida, denominándose la autorizada por la letra (c) una acción de clase espuria.

    3.

    REGLAS DE PROCEDIMIENTO CIVIL--DE LAS PARTES--DE LOS PLEITOS QUE AFECTEN A UNA CLASE--REPRESENTACIÓN--Las características de un pleito de clase incoado bajo las disposiciones del inciso (c) de la Regla 20.1 de las de Procedimiento Civil, se detallan en la opinión.

    4.

    ID.--ID.--ID.--ID--El objeto de la Regla 20.1(c) d las de Procedimiento Civil es establecer un mecanismo para la acumulación permisible de partes.

    5.

    ID.--ID.--ID.--ID--Las diferencias entre las disposiciones d Art. 13 de la Ley Núm. 379 de 15 de mayo de 1948 y la Regla 20.1(c) de las de Procedimiento Civil, se señalan en la opinión.

    6.

    RELACIONES DEL TRABAJO--REGLAMENTACIÓN DE JORNALES Y HORAS-- ACCIONES POR SALARIOS, DAÑOS O PENALIDADES--PARTES Y ALEGACIONES--ACCIONES A NOMBRE DE OTROS--El pleito de clase creado por el Art. 13 de la Ley Núm. 379 de 15 de mayo de 1948 es de la misma naturaleza que el pleito de clase creado por la Regla 20.1(c) de las de Procedimiento Civil.

    7.

    REGLAS DE PROCEDIMIENTO CIVIL--DE LAS PARTES--DE LOS PLEITOS QUE AFECTEN A UNA CLASE--REPRESENTACIÓN--De ser aprobada por un tribunal una moción sobre acumulación de partes basada en la Regla 20.1(c) de las de Procedimiento Civil y en el Art. 13 de la Ley Núm. 379 de 15 de mayo de 1948 presentada en un pleito sobre reclamación de salarios interpuesto por cuatro empleados a nombre propio--moción en la que solicitan se les permita proseguir dicho pleito "... en representación y para beneficio de todos los demás empleados que están prestando o han prestado servicios durante los últimos diez años para la parte demandada... los cuales se encuentran en la misma situación de hecho y de derecho que los demandantes."--el efecto legal de la acción interpuesta se limita a que estos empleados se unan al pleito, si lo desean.

    8.

    ID.--ID.--ID.--ID--Dictada una orden judicial como resultado la presentación de la moción sobre acumulación de partes a que se hace referencia en el sumario anterior, mediante la cual se ordena que los demandantes inspeccionen las nóminas y récords de la demandada para determinar e informar a ésta los nombres de los demás empleados situados en posición similar, dicha orden no convierte a estos empleados en demandantes, y en su consecuencia la sentencia que se dicte a su favor o en su contra, no les obliga.

    Rodríguez Ema & Rodríguez Ramón, Rodolfo Sequeira y Nicolás Jiménez, abogados de las peticionarias.

    Marcelino Delgado Medina, abogado de los interventores.

    Sala Primera integrada por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
17 temas prácticos
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 10 de Mayo de 2006, número de resolución KLAN200500193
    • Puerto Rico
    • May 10, 2006
    ...efectos. Véase, Rodríguez Rosado v. Syntex, 2003 J.T.S. 147, a la pág. 155. Décadas atrás, en Caguas L. Y., Inc. v. Tribunal Superior, 96 D.P.R. 848 (1969), el Tribunal Supremo señaló que el procedimiento que autoriza el artículo 14 de la Ley 379 tiene el propósito específico de que varios ......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 9 de Abril de 2008 - 173 DPR 516
    • Puerto Rico
    • April 9, 2008
    ...que no solicite la exclusión podrá, si así lo desea, comparecer a través de su abogado. En Caguas L.Y., Inc. v. Tribunal Superior, 96 D.P.R. 848 (1969), al comparar el mecanismo provisto en el antes citado Artículo 13 con la Regla 20.1 de Procedimiento Civil4, concluimos que se trataba de p......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 16 de Febrero de 1988 - 120 D.P.R. 434
    • Puerto Rico
    • February 16, 1988
    ...que existían tres grupos de pleitos de clase ("legítima", "híbrida" y "espuria"). Véase, también, Caguas L.Y., Inc. v. Tribunal Superior, 96 D.P.R. 848, 851 (1969). En Hernández Denton v. Western Pines Corp ., 103 D.P.R. 741, 746 (1975), reconocimos la necesidad de hacer de la acción de cla......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 30 de Septiembre de 2003 - 160 DPR 364
    • Puerto Rico
    • September 30, 2003
    ...Castillo v. Municipio de San Juan, 130 D.P.R. 683 (1992) analizada con la norma sentada en Caguas Lumber Yard v. Tribunal Superior, 96 D.P.R. 848(1969), lo cual se solicita se reconsidere. (3)Erró el TCA al intervenir en la sana discreción del TPI en el ejercicio de su facultad discrecional......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
17 sentencias
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 10 de Mayo de 2006, número de resolución KLAN200500193
    • Puerto Rico
    • May 10, 2006
    ...efectos. Véase, Rodríguez Rosado v. Syntex, 2003 J.T.S. 147, a la pág. 155. Décadas atrás, en Caguas L. Y., Inc. v. Tribunal Superior, 96 D.P.R. 848 (1969), el Tribunal Supremo señaló que el procedimiento que autoriza el artículo 14 de la Ley 379 tiene el propósito específico de que varios ......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 9 de Abril de 2008 - 173 DPR 516
    • Puerto Rico
    • April 9, 2008
    ...que no solicite la exclusión podrá, si así lo desea, comparecer a través de su abogado. En Caguas L.Y., Inc. v. Tribunal Superior, 96 D.P.R. 848 (1969), al comparar el mecanismo provisto en el antes citado Artículo 13 con la Regla 20.1 de Procedimiento Civil4, concluimos que se trataba de p......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 16 de Febrero de 1988 - 120 D.P.R. 434
    • Puerto Rico
    • February 16, 1988
    ...que existían tres grupos de pleitos de clase ("legítima", "híbrida" y "espuria"). Véase, también, Caguas L.Y., Inc. v. Tribunal Superior, 96 D.P.R. 848, 851 (1969). En Hernández Denton v. Western Pines Corp ., 103 D.P.R. 741, 746 (1975), reconocimos la necesidad de hacer de la acción de cla......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 30 de Septiembre de 2003 - 160 DPR 364
    • Puerto Rico
    • September 30, 2003
    ...Castillo v. Municipio de San Juan, 130 D.P.R. 683 (1992) analizada con la norma sentada en Caguas Lumber Yard v. Tribunal Superior, 96 D.P.R. 848(1969), lo cual se solicita se reconsidere. (3)Erró el TCA al intervenir en la sana discreción del TPI en el ejercicio de su facultad discrecional......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR