Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Marzo de 2018, número de resolución KLCE201800411
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201800411 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 28 de Marzo de 2018 |
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Panel integrado por su presidente, el Juez Candelaria Rosa, la Jueza Gómez Córdova y el Juez Cancio Bigas.
Candelaria Rosa, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 28 de marzo de 2018.
Comparece la peticionaria del epígrafe a fin de disputar la determinación del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, por virtud de la cual rechazó una moción de desestimación sustentada en que no se diligenció el emplazamiento de rigor dentro del término dispuesto por las Reglas de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, R. 4.3(c), a la vez que concedió
5 días finales para contestar la demanda so pena de anotarle la rebeldía.
Examinada la controversia, denegamos el auto de certiorari solicitado al igual que la petición de auxilio de jurisdicción que le acompaña.
El auto de certiorari es un vehículo procesal discrecional y extraordinario mediante el cual un tribunal de mayor jerarquía puede rectificar errores jurídicos en el ámbito provisto por la Regla 52.1 de Procedimiento Civil de Puerto Rico, 32 LPRA Ap. V, R. 52.1 (2009); Pueblo v. Colón Mendoza, 149 D.P.R. 630 (1999) y de conformidad a los criterios dispuestos por la Regla 40 del Reglamento de este Tribunal de Apelaciones, 4 LPRA Ap. XXII-A, R. 40. En tal sentido, la función de un tribunal apelativo frente a la revisión de controversias a través de certiorari requiere valorar la actuación del foro de primera instancia y predicar su intervención en si la misma constituyó un abuso de discreción; en ausencia de tal abuso o de acción prejuiciada, error o parcialidad, tampoco conviene intervenir con las determinaciones del Tribunal de Primera Instancia. Zorniak v. Cessna, 132 DPR 170 (1992); Lluch v. España Service Sta., 117 DPR 729 (1986).
Por su parte, el emplazamiento participa de raigambre constitucional en función de que resguarda el debido proceso de ley mediante la notificación de una acción legal que permita al sujeto de ella...
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