Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Diciembre de 2005, número de resolución KLRA200500876
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA200500876 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 20 de Diciembre de 2005 |
JESÚS DE LEÓN TRICOCHE Recurrente | | Revisión Administrativa procedente del Comité de Clasificación y Tratamiento Caso Núm. 4.22522 |
Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez y los Jueces Colón Birriel y Hernández Torres
Colón Birriel, Juez
S E N T E N C I A
En San Juan, Puerto Rico, a 20 de diciembre de 2005.
El recurrente, Jesús A. De León Tricoche, (en adelante, el señor De León Tricoche) se encuentra confinado en la Institución de Máxima Seguridad de la Penitenciaría Correccional de Ponce bajo la custodia de la recurrida, Administración de Corrección. Comparece pro se y solicita la revisión de una Resolución emitida el 11 de octubre de 2005, por el Comité de Clasificación y Tratamiento de la agencia, ratificando su nivel de custodia máxima.
Prescindiremos de los trámites ulteriores a los fines de lograr el más justo y eficiente despacho del recurso, a los fines de no impedir el impartir justicia apelativa. Regla 53.11 de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. III R. 53.11 y la Regla 7(B)(5) de nuestro Reglamento promulgado al amparo de la Ley Núm. 201 de 22 de agosto de 2003, conocida como la Ley de la Judicatura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 2003, 2004 TSPR 121, 2004 J.T.S. 112, a la pág. 1292.
Así hecho, resolvemos con el beneficio del escrito del señor De León Tricoche, el derecho y la jurisprudencia aplicable.
Según se desprende del recurso, el 9 de enero de 1989, el señor De León Tricoche fue sentenciado a cumplir dos (2) años en Libertad a Prueba por infracciones al Artículo 404 (dos cargos) de la Ley de Sustancias Controladas.
Posteriormente, al infringir las condiciones impuestas y cometer un nuevo delito, el 9 de junio de 1990, ingresó al sistema correccional. El 4 de octubre de 1990, le fue revocada su Libertad Condicional. Así las cosas, el 30 de octubre de 1990, fue sentenciado a cumplir dieciocho años y medio (18½) de reclusión por los delitos de fuga, robo, e infracciones a los Artículos 5 (cuatro cargos), 6, 8 (dos cargos), 8-A (dos cargos) y 32 de la Ley de Armas. Su sentencia incrementó a veinte años y medio (20½) de prisión. No obstante haber violado anteriormente las condiciones de la libertad a prueba, dicho privilegio le fue concedido nuevamente el 30 de julio de 1998.
Tras cometer varios delitos, el 5 de diciembre de 1998, el señor De León Tricoche es reingresado a prisión por dos cargos de asesinato en primer grado, tres cargos de secuestro agravado e infracciones a los Artículos 6 y 8...
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