Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 11 de Marzo de 1975 - 103 D.P.R. 533

EmisorTribunal Supremo
DPR103 D.P.R. 533
Fecha de Resolución11 de Marzo de 1975

103 D.P.R. 533 (1975) LAUSELL MARXUACH V. DIAZ DE YAÑEZ

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

MIGUEL D.

LAUSELL MARXUACH, demandante y recurrente

vs.

PRISCILA DIAZ DE YAÑEZ, demandada y recurrida

Núm. R-74-54

103 D.P.R. 533

11 de marzo de 1975

RESOLUCIÓN de Carmen Consuelo Cerezo, J. (Bayamón) desestimando una acción de sentencia declaratoria. Confirmada.

  1. SENTENCIAS--CONFUSIÓN E IMPEDIMENTO DE CAUSAS DE ACCIÓN Y DEFENSAS--SENTENCIAS EFICACES COMO IMPEDIMENTO--COSA JUZGADA--EN GENERAL

    Un tribunal podrá dar aplicación a la doctrina de cosa juzgada (res judicata)

    únicamente cuando entre el caso resuelto por la sentencia y [aquel] en que ésta sea invocada, concurra la más perfecta identidad entre las cosas, las causas, las personas de los litigantes y la calidad con que lo fueron. Entiéndese por "cosa", básicamente el objeto o materia sobre la cual se ejercita la acción.

  2. PALABRAS Y FRASES.

    Causa.-- A los fines de dar aplicación a la doctrina de cosa juzgada, el término causa significa "el fundamento capital, el origen de las acciones o excepciones planteadas y resueltas, y no debe confundirse con los medios de prueba ni con los fundamentos legales de las pretensiones deducidas por las partes."

  3. SENTENCIAS--CONFUSIÓN E IMPEDIMENTO DE CAUSAS DE ACCIÓN Y DEFENSAS--SENTENCIAS EFICACES COMO IMPEDIMENTO--COSA JUZGADA-- EN GENERAL.

    Aplícase la doctrina de cosa juzgada tanto a controversias objeto de estipulación judicial como a controversias objeto de un litigio contencioso.

  4. PALABRAS Y FRASES.

    Doctrina de los Actos Propios.--

    En el derecho civil, la doctrina de los actos propios significa que nadie puede ir contra sus propios actos.

  5. IMPEDIMENTO POR ACTOS PROPIOS--( Estoppel)-- IMPEDIMENTO POR RAZÓN DE LOS AUTOS--POR LAS ALEGACIONES-- ADMISIONES EN ELLAS.

    En ausencia de una demostración de inexistencia de causa, la mediación de fraude o dolo o razón de orden público alguna para impugnar lo hecho, una parte está impedida de volver sobre sus propios actos, hubiese o no mediado una sentencia sobre el mismo asunto en otro pleito.

    Luis A. Archilla Laugier, abogado del recurrente.

    Hartzell, Ydrach, Mellado, Santiago, Pérez & Novas, abogados de la recurrida.

    OPINIÓN EMITIDA POR EL JUEZ TRÍAS MONGE

    [P534]

    El demandante recurrente, abogado, contrajo matrimonio con la demandada recurrida el 5 de junio de 1965. Procrearon dos hijas. Para 1971 surgió un pleito de divorcio entre las partes. En dicho caso se sometió una extensa estipulación, suscrita por las partes y sus abogados respectivos, en que se reconocía que determinada residencia pertenecía a la sociedad de gananciales; se acordaba que su administración recayese en la recurrida; que los alquileres se dividirían por mitad; y que el efectuarse la liquidación final de la sociedad de gananciales le correspondería a cada parte su cincuenta por ciento de la vivienda. El propio día en que se radicó la estipulación ante el Tribunal Superior, el 25 de agosto de 1971, se vio el caso; se declaró con lugar la demanda de la recurrida por la causal de trato cruel; se le fijó una pensión alimenticia de seiscientos cincuenta dólares mensuales; se aprobó la estipulación sobre la división de gananciales y se ordenó su liquidación. No se recurrió de esta sentencia.

    Aproximadamente cinco meses más tarde, el 19 de enero de 1972, en un incidente de rebaja de pensión alimenticia promovido por el recurrente, éste ratificó que la casa de referencia pertenecía a la sociedad de gananciales. La pensión se rebajó a trescientos dólares mensuales.

    Casi cuatro meses después, en mayo de 1972, el recurrente instó una acción de sentencia declaratoria en la que atacó la estipulación radicada en el litigio anterior y solicitó que se [P535] declarase bien privativo de él la residencia que en ella se menciona. Fundamentó su petición el recurrido en que "la referida estipulación fué [ sic ] el producto de un período de crisis emocional por el cual atravesaba el demandante y hecha con el propósito de acelerar la tramitación de su divorcio." A moción de la recurrida, quien invocó las doctrinas de cosa juzgada e impedimento colateral por sentencia, el tribunal de instancia desestimó la demanda. Es de este fallo que se recurre ante nos.

    No tiene razón el recurrente. Existe base para argumentar aquí la procedencia de la excepción de cosa juzgada, mas aun de no poder invocarse ésta, la pretensión del recurrente se enfrenta a obstáculos insalvables.

    [1] La doctrina de cosa juzgada, res judicata pro veritate habetur, es de antigua estirpe romana: De León y Olarieta, Observaciones filosófico-jurídicas acerca de la autoridad de cosa juzgada, 44 Rev. Gen.

    de Leg. y Juris. 5, 15--22 (1874). Es parte de nuestro Derecho Civil y es innecesario, excepto para fines comparativos, acudir a otras fuentes para su análisis. El Art. 1204 de nuestro Código, 31 L.P.R.A. sec. 3343, exige para su aplicación "que entre el caso resuelto por la...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex
270 temas prácticos
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 14-02-2022, número de resolución KLAN202101039
    • Puerto Rico
    • 14 Febrero 2022
    ...a la identidad entre las cosas, se refiere al “objeto o materia sobre la cual se ejercita la acción”. Lausell Marxuach v. Díaz de Yáñez, 103 DPR 533, 535 (1975). Es decir, el objeto de una demanda. En A & P Gen. Contractors v. Asoc. Caná, 110 DPR 753, 764-765 (1981), el Tribunal Supremo, ac......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 4 de Enero de 2012 - 184 DPR 210
    • Puerto Rico
    • 4 Enero 2012
    ...344, 354 (2009) (Opinión Concurrente de la Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez). Véase, también, Lausell Marxuach v. Díaz de Yáñez, 103 D.P.R. 533 (1975); Mercado Riera v. Mercado Riera, supra(Sobre la identidad de cosas nos dice Scaevola que: ‘Puede tratarse de la absoluta identidad, ......
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Diciembre de 2018, número de resolución KLAN201801207
    • Puerto Rico
    • 20 Diciembre 2018
    ...que le da proyección procesal y evidenciaria. Ramos González v. Félix Medina, 121 DPR 312, 326 (1998); Lausell Marxuach v. Díaz de Yáñez, 103 DPR 533, 535 Según dispone el artículo 1204, para que se active la presunción de cosa juzgada en otro juicio, en cualquiera de sus modalidades, “es n......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 15 de Julio de 1993 - 134 DPR 28
    • Puerto Rico
    • 15 Julio 1993
    ...contexto de la doctrina de res judicata (Mercado Riera v. Mercado Riera, 100 D.P.R. 940, 951952 (1972); Lausell Marxuach v. Díaz Yañez, 103 D.P.R. 533, 536 El término "causa de acción'' se utiliza en el Art. 2 de la Ley Núm. 104, supra, en el contexto de la responsabilidad civil extracontra......
  • Comienza Gratis
270 sentencias
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 14-02-2022, número de resolución KLAN202101039
    • Puerto Rico
    • 14 Febrero 2022
    ...a la identidad entre las cosas, se refiere al “objeto o materia sobre la cual se ejercita la acción”. Lausell Marxuach v. Díaz de Yáñez, 103 DPR 533, 535 (1975). Es decir, el objeto de una demanda. En A & P Gen. Contractors v. Asoc. Caná, 110 DPR 753, 764-765 (1981), el Tribunal Supremo, ac......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 4 de Enero de 2012 - 184 DPR 210
    • Puerto Rico
    • 4 Enero 2012
    ...344, 354 (2009) (Opinión Concurrente de la Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez). Véase, también, Lausell Marxuach v. Díaz de Yáñez, 103 D.P.R. 533 (1975); Mercado Riera v. Mercado Riera, supra(Sobre la identidad de cosas nos dice Scaevola que: ‘Puede tratarse de la absoluta identidad, ......
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Diciembre de 2018, número de resolución KLAN201801207
    • Puerto Rico
    • 20 Diciembre 2018
    ...que le da proyección procesal y evidenciaria. Ramos González v. Félix Medina, 121 DPR 312, 326 (1998); Lausell Marxuach v. Díaz de Yáñez, 103 DPR 533, 535 Según dispone el artículo 1204, para que se active la presunción de cosa juzgada en otro juicio, en cualquiera de sus modalidades, “es n......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 15 de Julio de 1993 - 134 DPR 28
    • Puerto Rico
    • 15 Julio 1993
    ...contexto de la doctrina de res judicata (Mercado Riera v. Mercado Riera, 100 D.P.R. 940, 951952 (1972); Lausell Marxuach v. Díaz Yañez, 103 D.P.R. 533, 536 El término "causa de acción'' se utiliza en el Art. 2 de la Ley Núm. 104, supra, en el contexto de la responsabilidad civil extracontra......
  • Comienza Gratis

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR