Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 22 de Diciembre de 1978 - 108 D.P.R. 192
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 108 D.P.R. 192 |
Fecha de Resolución | 22 de Diciembre de 1978 |
RAMON FRANCO y su esposa CLAUDIA E. PÉREZ ESTEVEZ, demandantes y recurrida la última
vs.
MAYAGÜEZ BUILDING, INC. y la COMPAÑIA DE SEGUROS COMMERCIAL
INSURANCE CO. OF NEWARK, NEW JERSEY, demandadas y recurrentes
Núm. R-78-177
108 D.P.R. 192
22 de diciembre de 1978
SENTENCIA de Waldo Santiago, J. (Mayagüez) declarando con lugar cierta demanda en daños y perjuicios. Se expide el auto y se modifica la sentencia para eliminar la partida por lucro cesante y, así modificada, se confirma.
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PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA--ESTATUTOS DE PRESCRIPCIÓN-- PRESCRIPCIÓN APLICABLE A DETERMINADAS ACCIONES--ACCIONES DERIVADAS DE CULPA O NEGLIGENCIA--EN GENERAL.
Prescribe por el transcurso de un año a partir del momento en que el agraviado supo de los daños por él sufridos, la causa de acción reclamada en una demanda en daños y perjuicios incoada por el esposo de una señora empleada por la Administración de Fomento Cooperativo que sufrió daños a consecuencia de un accidente del trabajo--lesionada que fue compensada por el Fondo del Seguro del Estado--contra un tercero culpable de las lesiones de su esposa.
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DAÑOS Y PERJUICIOS--PRINCIPIOS GENERALES--DAÑOS RECOBRABLES CONSECUENCIA O PERDIDAS DIRECTAS O REMOTAS, CONTINGENTES O FUTURAS--PERDIDAS PECUNIARIAS--PERDIDA DE GANANCIAS O BENEFICIOS--LUCRO CESANTE.
Desígnase como lucro cesante en el campo de daños y perjuicios, la pérdida de naturaleza económica de una persona que se traduce en daños. Sustituye ingresos provenientes del trabajo, mas un tribunal no puede conceder indemnización por dicho concepto para restituir o sustituir la integridad física de la persona que sufrió el daño.
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MARIDO Y MUJER--BIENES GANANCIALES--EN GENERAL--LUCRO CESANTE.
Ingresos dejados de percibir por una persona casada, a consecuencia de daños recibidos--lucro cesante--constituyen una pérdida para la sociedad de gananciales, entidad distinta y separada de los cónyuges que la componen.
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PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA--ESTATUTOS DE PRESCRIPCIÓN-- PRESCRIPCIÓN APLICABLE A DETERMINADAS ACCIONES--ACCIONES DERIVADAS DE CULPA O NEGLIGENCIA--EN GENERAL.
Una causa de acción por lucro cesante que surge a consecuencia de un accidente del trabajo sufrido por una mujer casada empleada en una agencia del Gobierno--lesionada que fue compensada por el Fondo del Seguro del Estado--tiene que ser reclamada por la sociedad de gananciales...
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