Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 14 de Abril de 1988 - 120 D.P.R. 838

EmisorTribunal Supremo
DPR120 D.P.R. 838
Fecha de Resolución14 de Abril de 1988

120 D.P.R. 838 (1988) IN RE CONVOCATORIA A UNA SESIÓN ESPECIAL DE LA CONFERENCIA JUDICIAL

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

CONVOCATORIA A UNA SESIÓN ESPECIAL DE LA CONFERENCIA JUDICIAL

120 D.P.R. 838

14 de abril de 1988

RESOLUCIÓN

Los señalamientos hechos por el Juez Presidente Señor Pons Núñez en sus expresiones públicas del pasado 12 de [P839]

abril de 1988 (véase anejo) por razón de la sustitución del Juez Superior Hon.

Guillermo Arbona Lago por el Gobernador de Puerto Rico, Hon. Rafael Hernández Colón, plantean serios problemas que reflejan una situación que constituye motivo de profunda preocupación para este Tribunal.

La médula del planteamiento tiene que ver con el contenido real del concepto de independencia judicial dentro de nuestro esquema constitucional de separación de poderes.

Con el fin de tratar este tema en su más amplia dimensión el Tribunal convoca a una sesión especial de la Conferencia Judicial a llevarse a cabo el primer viernes de octubre de 1988. En dicha sesión especial se ha de tratar, entre otros, subtemas tales como autonomía presupuestaria, administración de sus recursos fiscales, evaluación de los jueces y criterios y mecanismos que deben imperar en la selección y renominación de jueces.

Los grupos de trabajo y agenda específica se han de designar y determinar por el Tribunal próximamente en coordinación con el Comité Directivo de la Conferencia Judicial.

Publíquese y notifíquese al Director Administrativo de los Tribunales, al Presidente del Comité Directivo de la Conferencia Judicial y al Secretariado Permanente de dicha Conferencia.

Lo acordó el Tribunal y certifica el señor Secretario General. El Juez Asociado Señor Negrón García emitió voto particular.

Bruno Cortés Trigo

Secretario General

[P840]

ANEJO I

COMUNICADO DE PRENSA DEL JUEZ PRESIDENTE

VICTOR M. PONS NUÑEZ

12 de abril de 1988

Se me ha preguntado sobre mi posición en relación con la sustitución del Juez, Hon. Guillermo Arbona Lago, por parte del Gobernador de Puerto Rico, Hon. Rafael Hernández Colón. Respondo.

Aun cuando [soy] consciente de que constitucionalmente la facultad para nombrar jueces reside en el señor Gobernador de Puerto Rico, con el consejo y consentimiento del Senado, no puedo menos que expresar mi preocupación en relación con el ejercicio de esa discreción en este caso.

El Juez Arbona Lago es uno de nuestros jueces superiores más distinguidos, con un historial limpio y quien ocupa, por designación administrativa, y por encomienda del Tribunal Supremo, importantes cargos dentro del Sistema Judicial. Por designación administrativa es Juez Administrador Auxiliar de la Región Judicial de San Juan, Juez Administrador de los Asuntos Civiles en el Tribunal Superior de esa [r]egión y preside el comité a cargo de crear los estándares de tiempo para resolver los casos civiles. Por encomienda del Tribunal Supremo[,] actualmente ocupa la Presidencia del Comité de las Reglas de Procedimiento Civil de la Conferencia Judicial, cuyo [c]omité se encuentra actualmente laborando ardua y efectivamente en las encomiendas que se le han hecho.

En su quehacer diario los jueces tienen la obligación de...

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