Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 16 de Junio de 1989 - 123 D.P.R. 859
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 123 D.P.R. 859 |
Fecha de Resolución | 16 de Junio de 1989 |
WILFREDO VEGA COLON y OTROS, demandantes y recurridos
vs.
CORPORACIÓN AZUCARERA DE PUERTO RICO, demandada y recurrente
Núm. CE-88-548
123 D.P.R. 859
16 de junio de 1989
RESOLUCIÓN de Carlos Rodríguez García, J. (Ponce), que declara sin lugar cierta moción de desestimación y reconsideración de un patrono. Revocada.
-
DERECHO LABORAL--LEYES SOBRE RELACIONES DEL TRABAJO--PRECEPTOS ESTATUTARIOS--LEY DE RELACIONES DEL TRABAJO DE 8 DE MAYO DE 1945
El Art. 8(1)(f) de la Ley de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico, 29 L.P.R.A. sec. 69(1)(f), dispone que será práctica ilícita de trabajo el que un patrono, actuando individual o concertadamente con otros, viole los términos de un convenio colectivo e incluso un acuerdo en el que se comprometa a aceptar un laudo de arbitraje, esté o no dicho acuerdo incluido en los términos de un convenio colectivo. Disponiéndose, sin embargo, que la Junta de Relaciones del Trabajo podrá declarar sin lugar cualquier cargo en el cual se alegue una violación de este inciso si la unión que es parte en el contrato es culpable de una violación en el curso del convenio o no ha cumplido con una orden de la Junta relativa a alguna práctica ilícita de trabajo.
-
ID. MEDIACIÓN, CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE--REVISIÓN JUDICIAL Y EJECUCIÓN DE DECISIONES--ACCIONES SOBRE EL LAUDO ARBITRAL--JUNTA DE RELACIONES DEL TRABAJO
Es principio de derecho firmemente establecido que es la Junta de Relaciones del Trabajo quien ostenta, con carácter exclusivo, la jurisdicción en casos de práctica ilícita del trabajo. No obstante, la propia Junta ha adoptado la doctrina de agotamiento de remedios contractuales, esto es, que la Junta no habrá de entender en casos de violación de convenio colectivo hasta tanto las partes no hayan agotado los remedios provistos en el convenio colectivo para la solución de sus problemas.
-
ID.--JUNTAS DE RELACIONES DEL TRABAJO Y SUS PROCEDIMIENTOS--EN GENERAL--JURISDICCIÓN EXCLUSIVA, CONCURRENTE Y CONFLICTIVA--DOCTRINA DE AGOTAMIENTO DE LOS REMEDIOS CONTRACTUALES
Un tribunal no tiene jurisdicción para atender una querella de reclamación de salarios por violación a los términos de un convenio colectivo, lo que constituye práctica ilícita de trabajo. Corresponde a los querellantes agotar los remedios provistos en el convenio colectivo para la solución de querellas antes de acudir a la Junta de Relaciones del Trabajo.
-
ID.--ID.--ID.--EN GENERAL
La Junta de Relaciones del Trabajo es el organismo designado por ley para entender en casos de posible práctica ilícita de trabajo.
Edda Ivette Rodríguez, de Enrique Nassar Rizek Law Offices,
abogada de la recurrente; Luis A. Figueroa Astacio, abogado de los recurridos.
OPINIÓN DEL JUEZ ORTIZ
Los demandantes recurridos presentaron querella por reclamación de salarios contra la recurrente Corporación Azucarera de Puerto Rico. Alegaron que fueron desplazados por la recurrente en contravención al convenio colectivo vigente, el cual impedía tal desplazamiento y concedía una serie de beneficios a dichos querellantes. Solicitaron que, mediante el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 30 de Junio de 1992 - 131 DPR 171
...luego de expirado el convenio. J.R.T. v. A.F.F., 111 D.P.R. 837, 841 (1982).5 [21] Ahora bien, en Vega Colón v. Corp. Azucarera de P.R., 123 D.P.R. 859, 863 (1989), Es principio de derecho firmemente establecido que es la Junta de Relaciones del Trabajo quien ostenta, con carácter exclusivo......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 6 de Agosto de 2018 - 200 DPR (2018)
...de una justa representación.A.A.A. v. U.I.A., supra;Martínez Rodríguez v. A.E.E., supra, pág. 994; Vega Colón v. Corp. Azucarera de P.R., 123 DPR 859, 863 (1989);J.R.T. v. A.C.A.A., 107 DPR 84, 90-91 también J.R.T. v. Simmons International, Ltd., 78 DPR 375 (1955).7 En P.R.T.C. v. Unión Ind......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 6 de Febrero de 2018
...DPR 986, 994 (1993) (énfasis suplido); véase Puerto Rico Telephone Co., 131 DPR en la pág. 195; Vega Colón v. Corp. Azucarera de P.R., 123 D.P.R. 859, 863 (1989); Hermandad Unión de Empleados v. F.S.E., 112 DPR en la pág. 55; J.R.T. v. A.C.A.A., 107 DPR 84, 90 (1978).8 Reiteramos, la aplica......
-
Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Agosto de 2013, número de resolución KLCE201201492
...agotamiento de remedios contractuales. P.R.T.C. v. Unión Indep. Emp. Telefónicos, supra, pág. 195; Vega Colón v. Corp. Azucarera de P.R., 123 D.P.R. 859, 863 (1989); J.R.T. v. A.C.A.A., supra; San Juan Mercantile Corp. v. J.R.T., 104 D.P.R. 86 (1975). Es decir, previo a presentar un caso an......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 30 de Junio de 1992 - 131 DPR 171
...luego de expirado el convenio. J.R.T. v. A.F.F., 111 D.P.R. 837, 841 (1982).5 [21] Ahora bien, en Vega Colón v. Corp. Azucarera de P.R., 123 D.P.R. 859, 863 (1989), Es principio de derecho firmemente establecido que es la Junta de Relaciones del Trabajo quien ostenta, con carácter exclusivo......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 6 de Agosto de 2018 - 200 DPR (2018)
...de una justa representación.A.A.A. v. U.I.A., supra;Martínez Rodríguez v. A.E.E., supra, pág. 994; Vega Colón v. Corp. Azucarera de P.R., 123 DPR 859, 863 (1989);J.R.T. v. A.C.A.A., 107 DPR 84, 90-91 también J.R.T. v. Simmons International, Ltd., 78 DPR 375 (1955).7 En P.R.T.C. v. Unión Ind......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 6 de Febrero de 2018
...DPR 986, 994 (1993) (énfasis suplido); véase Puerto Rico Telephone Co., 131 DPR en la pág. 195; Vega Colón v. Corp. Azucarera de P.R., 123 D.P.R. 859, 863 (1989); Hermandad Unión de Empleados v. F.S.E., 112 DPR en la pág. 55; J.R.T. v. A.C.A.A., 107 DPR 84, 90 (1978).8 Reiteramos, la aplica......
-
Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Agosto de 2013, número de resolución KLCE201201492
...agotamiento de remedios contractuales. P.R.T.C. v. Unión Indep. Emp. Telefónicos, supra, pág. 195; Vega Colón v. Corp. Azucarera de P.R., 123 D.P.R. 859, 863 (1989); J.R.T. v. A.C.A.A., supra; San Juan Mercantile Corp. v. J.R.T., 104 D.P.R. 86 (1975). Es decir, previo a presentar un caso an......