Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 8 de Junio de 1992 - 130 D.P.R. 640

EmisorTribunal Supremo
DPR130 D.P.R. 640
Fecha de Resolución 8 de Junio de 1992

130 D.P.R. 640 (1992) TORRES ET ALS. V. E.L.A.

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

José Iván Torres, et als, Demandantes-Recurrentes

v.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico, et als Demandados-Recurridos

Núm. RE-91-41

Revisión

Tribunal Superior: Sala de Aguadilla

JUEZ DE INSTANCIA: Hon. Antonio R. Barceló

Abogados de la parte recurrente: Lics. Héctor Reichard, Miguel A Montalvo, Miguel Clar Reyes, José

F. Velázquez Ortiz, Federico Toro Goyco, Alicia Velázquez Piñol

Abogados de la parte recurrida: Lic. María Adaljisa Dávila de la Oficina del Procurador General

OPINIÓN DEL TRIBUNAL EMITIDA POR EL JUEZ PRESIDENTE SEÑOR ANDREU GARCIA.

San Juan, Puerto Rico, a 8 junio de 1992.

La controversia presentada a nuestra consideración se reduce a determinar si el requisito de notificación contenido en una póliza de seguros del tipo de reclamaciones hechas ("claims-made") contraviene alguna política del Estado; y en específico, el mandato legislativo que exige a los médicos el mantenimiento y continuidad de una póliza de responsabilidad profesional. Con el fin de llegar a una determinación, es necesario aclarar algunos conceptos generales en el campo del Derecho de Seguros.

I

Mediante sentencia parcial, el Tribunal de Instancia, Sala de Aguadilla, declaró con lugar la moción de sentencia sumaria presentada por una de las partes demandadas, la Corporación Insular de Seguros, desestimando la reclamación en cuanto a dicha parte. Al conceder la razón a la referida Corporación, el Tribunal concluyó que, por ser las pólizas en controversia del tipo de "reclamaciones hechas" o "claims-made", constituye un requisito indispensable notificar la reclamación a la compañía aseguradora dentro del período de vigencia de la póliza, lo cual no fue hecho en este caso.1

De dicha sentencia recurre ante nos la parte demandante señalando que erró el tribunal de instancia al declarar con lugar la moción de sentencia sumaria y desestimar la demanda en relación a la Corporación Insular de Seguros. Aduce que el tipo de cubierta provisto por esta clase de pólizas atenta contra la política publica del Estado.

Las pólizas de responsabilidad profesional emitidas por la mencionada Corporación a favor de los médicos co-demandados son las siguientes2:

"(a)

Póliza Núm. PLI 04533, "Claims Made", expedida a favor del Dr. José

R. Rodríguez Rodríguez; con período de vigencia de 8 de noviembre de 1988 a 8 de noviembre de 1989 y con fecha de retroactividad a 8 de noviembre de 1986; dicha póliza fue cancelada, siendo efectiva dicha cancelación a 6 de marzo de 1989."

"(b)

Póliza Núm. PLI 01881, "Claims Made", expedida a favor del Dr.

Dagoberto Martínez Maldonado; con período de vigencia del 6 de junio de 1988 a 6 de junio de 1983 y con fecha de retroactividad a 6 de junio de 1986; dicha Póliza fue cancelada siendo efectiva dicha cancelación a 5 de julio de 1988."

"(c)

Póliza Núm. RES 128389 "Claims Made", expedida a favor del Dr. Pedro J. Martínez Collazo, con período de vigencia de 5 de agosto de 1987 a 5 de agosto de 1988 y con feecha de retroactividad a S de agosto de 1986; dicha póliza fue cancelada siendo efectiva dicha cancelación a 11 de marzo de 1987."

Motivó la cancelación de dichas pólizas la falta de pago de las primas convenidas.

De la solicitud de revisión presentada por los demandantes-recurrentes surge que se enmendó por primera vez la demanda presentada originalmente para incluir a la Corporación Insular de Seguros como parte demandada, el 30 de septiembre de 1988, es decir antes del período de vigencia de la Póliza Núm, PLI 04533, expedida a favor del codemandado, Dr. José R. Rodríguez. Sin embargo, dicha demanda fue enmendada nuevamente el 1ro. de marzo de 1989, ya vigente la póliza. A pesar de la presentación de la demanda original y las dos demandas enmendadas, la mencionada aseguradora fue notificada, por primera vez de dicha reclamación, cuando fue emplazada con copia de la demanda; esto es, 105 días después de la cancelación de la póliza. A la luz de lo anterior ordenamos a los recurridos a que mostraran causa por la cual no debía revocarse parcialmente la sentencia dictada y disponer la continuación de los procedimientos en contra de la Corporación al amparo de la mencionada póliza. La parte recurrida efectivamente ha comparecido, por lo cual nos; encontramos en posición de resolver.

II

Una póliza de responsabilidad profesional puede ser, de acuerdo a sus términos, una de "ocurrencia"3 ("occurrence policy") o una de "descubrimiento" ("discovery policy") comúnmente conocida en inglés como "claims-made policy". 11 Couch on Insurance 2d, sec. 44:256. La diferencia entre ambas pólizas estriba en que la primera protege al asegurado de responsabilidad por cualquier acto u omisión negligente incurrido durante el período de vigencia de la póliza, independientemente del momento en que se hace la reclamación; mientras que la última protege al asegurado sólo en contra de las reclamaciones hechas y traídas a la atención de la aseguradora durante dicho período de vigencia. Saavedra v. Joyerías Gordon, Inc , 120 D.P.R. 360 (1988); 7A Appleman, Insurance Law and Practice, sec. 4503, p.86, Suplemento 1990; St. Paul Fire & Marine Ins. Co. v. Barry, 438 U.S. 531 (1978); Stine v. Continental Cas. Co., 349 N.W. 2d 127 (1984); Zuckerman v. National Union Fire Ins. Co. 476 A. 2d. 820 (1984); Gulf Ins. Co.

v. Dolan Fertig and Curtis, 433 So. 2d 512 (1983); U.S. v. A.C. Strip, 868 F. 2d 181 (1989).

"Notice within an occurrence policy is not the critical and distinguishing feature of that policy type. Occurrence policies are built around an insurer who is liable for the insured's malpractice, no matter when discovered, so long as the malpractice occurred within the time confines of the policy period. Coverage depends on when the negligent act or omission occurred and not when the claim was asserted. The occurrence insurer, then, is faced with a 'tail' that extends beyond the policy period itself. This 'tail' is the lapse of time between the date of the errorr (within the policy period) and the time when a claim is made against the insured. The giving of notice is only a condition of the policy, and in no manner is it an extension of coverage itself. It does not matter when the insurer is notified of the claim by the insured, so long as the notification is within a reasonable time and so long as the negligent act or omission occurred within the policy period itself.

Claims-made policies likewise, require that notification to the insurer be within a reasonable time. Critically, however, claims-made policies require that notice be given during the policy period itself. When an insured becomes aware of any event that could result in liability, then it must give notice to the insurer, and that notice must be given 'within a reasonable time' or 'as soon as practicable' - at all times, however, during the policy period. Gulf Ins. Co. v. Dolan Fertig and Curtis, supra, a la pág. 515.

Así, pues, la distinción principal entre la póliza de ocurrencia y la póliza "claims made" consiste en la diferencia entre el riesgo asegurado por una y por la otra.

El riesgo asegurado por la póliza de ocurrencia, es el siniestro en sí, esto es, "la manifestación concreta del riesgo asegurado" que produce el daño garantizado por la póliza. Véase Albany Insurance Co. v. Compañía de Desarrollo Comercial, n.3, ante. Una vez el siniestro tiene lugar, entra en vigor la cubierta provista por tal póliza, aún cuando la reclamación sea hecha después del período de vigencia de la misma. Por el contrario, la notificación de la reclamación a la aseguradora constituye el evento y riesgo asegurados por la póliza de "claims made," independientemente de la fecha del siniestro. Kroll, The Professional Liability Policy "Claims Made", 13 Forum 842, 843 (1978).

Así pues, la cubierta bajo una póliza tipo "claims-made" depende de que se presente la notificación a la aseguradora dentro del término de vigencia de la póliza, o dentro de cualquier otro término que puedan haber convenido las partes después de la expiración de la misma.4

III

Las pólizas de "reclamaciones hechas" o "claims made" son de origen relativamente reciente y fueron desarrolladas principalmente teniendo en cuenta aquellas situaciones en las cuales es difícil precisar el momento en que ha ocurrido un error, omisión o acto negligente. Kroll, "Claims Made" Industry's Alternative: "Pay as You Go", Products Liability Insurance, 637 Ins.

L.J. 63, 64 (1976). En el caso de una póliza "claims made", la cual tiene como objetivo el asegurar responsabilidad profesional, no tiene gran efecto en la cubierta de la póliza el hecho de que un error u omisión negligente haya podido ser ocultado discretamente o haya podido permanecer latente y sin descubrirse, por un largo período de tiempo. Breaux v. Paul Fire & Marie Insurance Co., 326 So. 2d 891, 892-893. (La. 1976); J. M. Construction Co. v. D.

& M. Mechanical Construction Inc., 222 So. 2d 93, 98 (La 1969); Mutual Fire Marine & Islannd Ins. v. Vollmer, 508 A. 2d 130, 135 (Md. 1986). Como ejemplo de lo anterior podemos mencionar un diagnóstico incorrecto, un encubrimiento fraudulento por parte de un abogado, o el diseño defectuoso de un arquitecto. Mutual Marine & Island Insurance v. Vollmer, supra, pág. 135. En tales circunstancias las pólizas de ocurrencia no son efectivas para cubrir los mencionados riesgos...

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