Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 6 de Abril de 1999 - 148 DPR 505

EmisorTribunal Supremo
TSPR1999 TSPR 087
DPR148 DPR 505
Fecha de Resolución 6 de Abril de 1999

En el Tribunal Supremo de Puerto Rico

In re: Lcdo. Víctor A. Vélez Cardona

1999 TSPR 87

Número del Caso: CP-1998-0004

148 DPR 505 (1999)

148 D.P.R. 505 (1999)

1999 JTS 93

Abogados de la Parte Querellante: Hon. Carlos Lugo Fiol, Procurador General

Lcda.

Cynthia Iglesias Quiñones

Abogados de la Parte Querellada: Lcdo. Pedro Malavet Vega

Fecha: 6/4/1999

Conducta Profesional

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PER CURIAM

San Juan, Puerto Rico, a 4 de junio de 1999

I

El Lcdo. Adrián Torres Rodríguez, Fiscal Auxiliar II, y la Sra. Wanda E. Rivera Vélez se quejaron contra el Lcdo. Víctor Vélez Cardona por alegada conducta antiética desplegada como abogado defensor en el caso criminal LICR 96-00332, Pueblo v. Walter Caraballo Vicens.

Según las quejas, el Lcdo. Vélez Cardona, en un escrito de apelación ante el Tribunal de Circuito, hizo alegaciones falsas sobre la conducta e integridad profesional del fiscal Torres Rodríguez, y la reputación de la Sra.

Rivera Vélez. Específicamente Vélez Cardona le imputó a Torres Rodríguez tener un interés no normal en el caso de su cliente, aduciendo como razón tener información de que "existen unas relaciones entre el señor fiscal y la supuesta perjudicada, que no son las relaciones cordiales y comunes que puedan haber en estos casos. La evidencia que tenemos es que ella asiste asiduamente a hablar con el señor Fiscal en privado y que hay comentarios que no son los mejores para el señor Fiscal."

El Lcdo. Vélez Cardona en su contestación aduce que los hechos planteados en la apelación fueron traídos a su consideración por el acusado Walter Caraballo, su esposa y otros, con pleno conocimiento de los mismos.

Luego de la correspondiente investigación e Informe, cumpliendo nuestro mandato, el Procurador General formuló querella imputándole al Lcdo.

Vélez Cardona infracciones a los Cánones 15, 18, 19, 29, 30 y 35 de Ética Profesional. Designamos Comisionado Especial al ex-Juez Superior Hon. Arnaldo López Rodríguez. Previa vista evidenciaria, rindió su Informe contra el cual el Procurador General presentó objeción a la valoración ética que el Comisionado Especial hizo sobre la conducta del Lcdo. Vélez Cardona. Resolvemos.

II

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